Ministerio de Justicia
Garzón declarará ante el Supremo por la causa contra el franquismo
El Tribunal Supremo confirma que hay datos suficientes para investigar a Garzón por prevaricación.
La Sala Penal del Tribunal Supremo (TS) rechazó ayer el recurso interpuesto por el juez Baltasar Garzón, al que apoyaba la Fiscalía, contra la admisión a trámite de la querella interpuesta por el colectivo Manos Limpias por un delito de prevaricación, en relación con su actuación en la causa abierta por los desaparecidos durante la Guerra Civil y el franquismo. De esta forma, Garzón no podrá evitar su comparecencia ante el magistrado del Supremo Luciano Varela, que será el instructor del procedimiento.Los magistrados de la Sala, los mismos que admitieron a trámite la querella contra el magistrado de la Audiencia Nacional, insisten en que el contenido de la denuncia –que Garzón mantuvo abierta la causa «a conciencia de no ser competente»–, no permite descartar de plano y de inicio la posible comisión del delito de prevaricación. «Los testimonios recibidos no permiten considerar lo afirmado en la querella como algo inverosímil», sostiene la Sala en su resolución, motivo por el que «la petición de que se inicie un procedimiento para la averiguación de lo afirmado en la querella» y su determinación jurídica «no es una petición que carezca de base, ni puede rechazarse por la atipicidad o por la inverosimilitud de lo que en la querella se contiene».Réplica de la SalaJunto a ello, los magistrados ponen de relieve que, en todo caso, la puesta en marcha de este procedimiento no se hace «porque sea responsable –Garzón– de un determinado delito, sino para poder determinar con garantías si se es o no responsable» del mismo. Por este motivo, la Sala no entra en el fondo del asunto, es decir, si el juez prevaricó o no, ya que esa cuestión debe dilucidarse, precisamente, en la causa que ahora se inicia.Por otro, el Tribunal Supremo recuerda, para rechazar uno de los motivos esgrimidos por Garzón, que el delito de prevaricación no requiere, como condición indispensable, que el mismo haya sido denunciado por otros jueces. Y es que Garzón argumentaba en su recurso que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional no apreció en ningún momento, al resolver los recursos contra sus resoluciones, posibles indicios de la comisión de ese delito.Lo que no podrá hacer Garzón es declarar por escrito, pues no goza de ningún privilegio que le exima de comparecer en persona ante el juez instructor. Esa posibilidad, explican fuentes jurídicas, está reservada a aforados que declaren como testigos en fase de instrucción, dos premisas que no se dan en el caso del magistrado.
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