Caso Malaya
La Fiscalía «satisfecha» con la sentencia anuncia que no recurrirá ante el Tribunal Supremo
La Fiscalía de la Audiencia Nacional manifestó hoy su satisfacciónante la sentencia que condena al general Vicente Navarro a tres añosde cárcel y a un año y medio a los oficiales José Ramírez y Miguel Sáez por los errores en las identificaciones de 30 de las víctimas del accidente del Yak-42, según informaron fuentes del Departamemto que dirige Javier Zaragoza, que anunciaron que no recurrirán laresolución ante el Tribunal Supremo. Las fuentes consultadas indicaron su conformidad con la sentencia hecha pública hoy por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional a pesar de que el fiscal encargado del caso, Fernando Burgos, solicitaba cinco años de cárcel para Navarro, que se encargó de elaborar la lista de los 62 fallecidos, y cuatro años y medio paraRamírez y Sáez, que llevaron a cabo los informes de necropsia. Asimismo, las fuentes del Ministerio Público añadieron que tampocosolicitarán el ingreso en prisión de Navarro ante su previsiblerecurso ante el alto tribunal. El general médico no ingresaría en prisión hasta que el Tribunal Supremo ratifique su condena en caso de que el alto mando militar recurriese en casación y solicitase la anulación de la sentencia, informaron fuentes jurídicas. Se trata de una doctrina del Tribunal Supremo, que establece que enlos casos de condenas inferiores a cinco años y siempre que elcondenado pida la anulación de la resolución de instancia en surecurso de casación, queda eximida la obligatoriedad de comenzar al cumplir la pena en prisión. Por ese motivo y ante el previsible recurso que presentará Navarroen los próximos días contra la sentencia conocida hoy, el condenado podrá aguardar en libertad a que el alto tribunal decida si convierte en firme la decisión de la Sala lo Penal de la Audiencia Nacional o si por contra decide una condena menor o incluso su libre absolución. En todo caso, Navarro, al carecer de antecendentes penales, tansólo habría eludido de manera definitiva su ingreso en la cárcel en caso de haber sido condenado a una pena no superior a dos años.
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