España
Peligrosos en la calle y sin vigilancia
La «doctrina Parot» ha servido para ocultar las deficiencias del sistema jurídico español en este tipo de delitos.
MADRID- Cada vez que se produce un caso de estas características vuelve a surgir el debate sobre la necesitad de reformar el Código Penal para controlar a este tipo de delincuentes sexuales, que cumplen su condena y salen a la calle sin someterse a ningún tratamiento ni a ningún tipo de vigilancia. Con los delincuentes sexuales condenados antes de 1994 no se puede hacer nada porque se les juzgó con el antiguo Código Penal. En 1995 se suprimió la redención en casos de agresiones y abusos sexuales contemplados en el texto de 1973.«Doctrina Parot»Ahora, juristas y especialistas piden al Supremo que se pronuncie sobre la Doctrina Parot. La doctrina que debe su nombre al sanguinario etarra Henry Parot consiste en no aplicar al reo los beneficios penitenciarios sobre el máximo de 30 años de cumplimiento de condena, sino sobre la pena completa. La doctrina se ha utilizado ya en dos ocasiones. La Audiencia Provincial de Burgos la aplicó en el caso de Pedro Luis Gallego, el llamado violador del ascensor, para evitar que saliera a la calle tras cumplir 16 años de cárcel, cuando fue condenado a 328 años por 18 violaciones y dos asesinatos. El Supremo ratificó la medida.En cambio, en Barcelona costó más tomar la decisión porque, en un primer momento, la Audiencia de Barcelona decidió no aplicarla en el caso de José Rodríguez Salvador, el violador del Vall d'Hebron, y fue el Supremo el que acordó la aplicación de la «doctrina Parot». Rodríguez Salvador, que ya se encontraba en libertad, fue detenido e ingresado en un centro penitenciario.El conflicto se plantea con los violadores condenados con el antiguo Código Penal porque no se les puede retener en prisión y, según los expertos, no tienen solución terapéutica: niegan que tengan un problema y piensan que, en todo caso, las víctimas son ellos por haber tenido que cumplir una condena.Así, tras cumplir su condena salen a la calle sin ningún control y acaban reincidiendo. Son célebres los casos de Alejandro Martínez Singul, conocido como el segundo violador del Eixample, que agredió a 16 mujeres entre 1989 y 1991 y, tras cumplir 16 de los 65 años de condena, fue puesto en libertad a pesar de que los expertos lo desaconsejaban. Volvió a reincidir. Andrés Mayo Fernández, «el violador del chándal», condenado a 106 de cárcel por 22 delitos sexuales, fue puesto en libertad en 2002. Poco después volvió a la cárcel por haber cometido al menos ocho violaciones en La Coruña.Emilio Piquer Pérez, violador de Retuerto, salió de prisión después de cumplir 17 de los 38 años de condena por la violación y el secuestro de dos jóvenes en la década de los noventa. Hay que recordar que su caso sirvió para modificar el Código Penal e introducir la persecución de oficio cuando las víctimas retiraban la denuncia.
AnálisisLa urgente necesidad de una reforma del Código Penaln Cuando se conoce la existencia de un violador provoca un estado de alerta en la zona en la que actúa, pero ¿son realmente muchos los delincuentes sexuales que hay en España?–Las cárceles españolas alojan a 3.813 condenados por abusos sexuales, que representan un cinco por ciento del total de la población penitenciaria. - ¿Las penas son realmente equitativas con el delito cometido y del daño provocado?-El artículo 178 del Código Penal establece penas de prisión de uno a cuatro años al «que atentare contra la libertad sexual de otra persona, con violencia o intimidación, será castigado con cárcel de uno a cuatro años. El artículo 179 establece penas más duras, de seis a doce años, cuando la agresión consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o la introducción de objetos».En virtud del artículo 180 del Código Penal, los castigos se acentúan cuando la víctima es menor de 13 años.Finalmente, el art. 181 estipula prisión de uno a tres años si hay abuso sexual sin violencia o intimidación. - ¿Son realmente peligrosos? –Los psicólogos especializados en este tipo de delincuentes opinan que su recuperación es prácticamente imposible. Para ello, el primer paso es reconocer el problema y la mayoría lo niega. De hecho, prácticamente ninguno se somete a tratamiento voluntario durante su periodo de estancia en prisión. Además, establecen que un porcentaje nada desdeñable, el 30 por ciento, suele delinquir a su salida de prisión, aunque la universidad Johns Hopkins (EE UU) calcula que la reincidencia puede llegar hasta el 70 por ciento.- ¿Qué soluciones proponen?–En primer lugar, el endurecimiento de las penas. El Gobierno prepara una reforma del Código Penal, que deberá debatirse en el Congreso y que está previsto que se apruebe durante el próximo año. Entre las propuestas de psicólogos y forenses está la obligación de un tratamiento post-carcelario, un control semanal ante las autoridades judiciales, el ingreso en un centro psiquiátrico civil, donde estuviera controlado y del que podría salir acompañado de un tutor, que trataría de ayudarle a reinsertarse y a evitar que cometa nuevos delitos.
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