Sevilla
Qué dice el Código Penal sobre el encubrimiento
La posible imputación de la familia de la novia de Miguel depende de la evolución del caso.- ¿Cuándo se considera encubrimiento?–Conocer la implicación de Miguel no supone un delito de encubrimiento pues el Código Penal sólo define como tal la «ocultación, alteración o inutilización» de pruebas. Además, en un caso como éste, en el que se considera un vínculo familiar como pareja, no hay encubrimiento posible.- ¿Hay indicios de algún otro tipo delictivo?– Habría que estudiar otro supuestos, como el de ocultación de la verdad u obstrucción de la justicia. En cualquier caso, la edad de Rocío y de su abuela las inhibe de la pena de cárcel.
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