Ley electoral
Tres sentencias lo avalarían
Tres sentencias previas del Constitucional –que fueron dictadas en 1985, 1996 y 1999– avalan la anticonstitucionalidad de la nueva ley de plazos del aborto que presentó ayer el Gobierno. El fallo con más peso para demostrar la ilegalidad de la nueva norma es el de 1985, en el que se sientan las bases del estatuto constitucional del no nacido. Como advirtió en el Congreso el catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Complutense de Madrid, Julio Banacloche, el dictamen pone sobre la mesa tres planteamientos para el futuro: «Que el nasciturus es una vida humana independiente, que esa vida tiene que ser protegida y que, ante cualquier conflicto de valores jurídicos, no sería constitucional un sistema que desprotegiera totalmente a la mujer o al feto».
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