Conflicto Israel-Palestina
Parcialidad
El 23 de julio, el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas adoptó la resolución S-21/1, por medio de la cual se condenaba a Israel por su acción militar defensiva contra el lanzamiento de cohetes desde Gaza por las diferentes facciones islamistas que controlan el territorio. Esta resolución fue aprobada por 29 miembros del mencionado Consejo, 17 abstenciones y el único voto en contra de EE UU. La razón de este único voto en contra es bien resumida por Harry Reid, líder de la mayoría en el Senado americano: «...Me indignó... la resolución fue tan increíblemente parcial en su inclinación antiisraelí que no hace mención a Hamas al bombardear indiscriminadamente a Israel con cohetes y usar civiles como escudos humanos». Este cuestionamiento sobre la credibilidad del Consejo trae a la memoria las razones justificadas por las cuales la extinta Comisión de Derechos Humanos tuvo que renovarse, pero pone sobre el tapete del debate si el nuevo Consejo, constituido al uso, cumple fehacientemente con su cometido en aras de la imparcialidad de sus resoluciones.
Entre los miembros que se abstuvieron en la votación, la parcialidad de sus contenidos fue duramente criticada. Incluso algunos miembros que votaron a favor lamentaron, como los representantes de Chile, Perú o Brasil, su parcialidad. ¿Por qué no se hizo? Es una cuestión que no posee una única respuesta, pero que China, Cuba, Venezuela, Arabia Saudí, Kuwait, Emiratos Árabes, voten a favor por esta resolución sobre derechos humanos invita a la reflexión. Si se tuviera en consideración ineludible que para ser miembro de Naciones Unidas, en general, y del Consejo de Derechos Humanos, en particular, los Estados miembros tuvieran que garantizar de modo efectivo la igualdad de género y de orientación sexual o la protección de las minorías étnicas y religiosas, en suma, las garantías jurídicas de todo Estado democrático liberal, la composición de la nueva Asamblea General, quedaría reducida a su mínima expresión. Si aún hoy, la opinión pública puede valorar positivamente a la ONU es porque, de vez en cuando, y a pesar de estas contradicciones, aprueba resoluciones firmes fundamentadas en la objetividad, a la que se debe como institución. A este respecto, la resolución 2170, aprobada hace unos días y por unanimidad por los 15 miembros del Consejo, su máximo órgano de decisión, en la que se expresa un claro rechazo de la comunidad internacional a los grupos terroristas y su determinación por responder a esta amenaza, constituye un buen ejemplo. Resoluciones como ésta, y no como otras, son las que afianzan la credibilidad en la justicia.
*Profesor de la UNED
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