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Transparencia reclama a la Junta más claridad en las plazas escolares

Solicita que informe de la oferta y de la ocupación por localidades desde el curso 11-12

La consejera en funciones Sonia Gaya
La consejera en funciones Sonia Gayalarazon

El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía ha instado a la Dirección General de Planificación y Centros de la Consejería de Educación a proporcionar la relación de plazas escolares ofertadas y ocupadas en Andalucía desde el curso 2011-2012 --desagregadas por zonas y localidades-- por curso académico, tipo de centro educativo, nivel educativo y provincia.

Éste es el dictamen emitido por la autoridad de control ante una reclamación interpuesta por un ciudadano que vio insatisfecha su petición de información dirigida a la Consejería, motivo por el cual acudió al Consejo.

El mismo informó ayer en una nota de que su solicitud fue atendida de forma incompleta al facilitarle cierta información relativa al cómputo de plazas por curso académico y por nivel educativo –Infantil, Primaria, Secundaria o Bachillerato–, pero sin indicar la segregación (por zonas y localidades) en un principio ni por tipo de centro (público o privado concertado) después.

El órgano de control considera la documentación solicitada «información pública» en virtud de lo dispuesto en la Ley de Transparencia Pública de Andalucía (LTPA), es decir, responde al precepto de «todo aquel contenido, cualquiera que sea su formato o soporte, que obre en poder de las administraciones y que haya sido elaborado o adquirido en el ejercicio de sus funciones».

Además, Transparencia señala que, teniendo en cuenta que el órgano denunciado, la Dirección General de Planificación y Centros, no alegó ninguna limitación para no conceder el acceso, rige la regla general de facilitar la información.

La administración autonómica, como sujeto obligado a cumplir la Ley de Transparencia, ha de atender los requerimientos del Consejo y, por tanto, de su personal funcionario, dotado del carácter de agente de la autoridad, según se recoge en los propios estatutos del órgano de control.