Castilla y León

La Junta reduce a un euro el precio de entrada a los museos estatales gestionados por la Comunidad

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión de este jueves, ha acordado aprobar los precios públicos de visita a los museos de titularidad estatal gestionados por la Junta de Castilla y León, que son los nueve museos provinciales, así como sus anexos y filiales.

Esto supone la reducción del precio de entrada a los muesos provinciales a la cantidad simbólica de un euro, una medida con la que la Junta de Castilla y León pretende facilitar lo más posible el acceso de los ciudadanos a la cultura.

El precio general de la entrada para todos los visitantes a los museos provinciales será de un euro para la visita a la exposición permanente de museo. Para las exposiciones temporales que se determinen y que se celebren en los mismos, en las filiales y anexos

a los citados centros, la entrada será de 0'60 euros.

La entrada a estos museos será gratuita para los ciudadanos de los estados miembros de la Unión Europea incluidos en cualquiera de los apartados establecidos al efecto, como menores de edad, personas afectadas por un grado de minusvalía de al menos el 33 %, miembros de familias numerosas de cualquier categoría, personas en situación de desempleo...etc.

La entrada será gratuita también para todos los visitantes de la Iglesia de Santo Tomé el Viejo, en Avila; la Villa romana de Navatejera, en Villaquilambre, en León; el Yacimiento-Museo de Ambrona y la Ermita de San Baudelio de Berlanga, en Soria, y la Iglesia de Santa Lucía, en Zamora

Los centros a los que se refiere este acuerdo podrán ser visitados gratuitamente los sábados; los domingos; los festivos de carácter nacional o autonómico, así como los días 23 de abril, Fiesta de la Comunidad de Castilla y León; 18 de mayo, Día Internacional de los Museos; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 6 de diciembre, Día de la Constitución Española, y 9 de mayo, Día de Europa.

El horario será desde la hora de apertura hasta la hora de cierre, siempre que se encuentren abiertos al público, según lo dispuesto en la regulación correspondiente en materia de horarios de apertura.

Quedan excluidas de la aplicación de este acuerdo el servicio de visitas u otros servicios accesorios o complementarios que sean prestados por otra entidad mediante el oportuno contrato de prestación de servicios o en los supuestos de incorporación de la visita a rutas culturales o turísticas mediante el correspondiente convenio de colaboración.