Ministerio de Justicia

Valcárcel dice que la sentencia del TC sobre Marina Cope afecta a suelo no construido

El presidente recuerda al PSRM y Prolitoral que el «Plan E» también fue inconstitucional

Ramón Luis Valcárcel realizó un llamamiento a la calma y recordó que la sentencia del TC no afecta a ningún proyecto consolidado
Ramón Luis Valcárcel realizó un llamamiento a la calma y recordó que la sentencia del TC no afecta a ningún proyecto consolidadolarazon

El presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Ramón Luis Valcárcel, consideró ayer que «no se acaba el mundo» por la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anula una disposición de la Ley Regional de Suelo por la que se permitía urbanizar hasta entonces en la zona protegida de Marina Cope. El presidente, que se encontraba presente en el pleno de la Asamblea Regional de Murcia en el que se aprobó la Ley de Acompañamiento, solicitó intervenir para aclarar que el Gobierno regional «acata la sentencia y se amoldará a lo que dice», y «pondrá los recursos necesarios para enmendar los errores que se puedan haber cometido» en función de lo que dice esa sentencia.

No obstante, subrayó, la anulación de la disposición de la Ley de Suelo «tiene una afectación cero para la Región porque se refiere a una mínima parte de un territorio en el que todavía no hay nada». En este sentido, insistió en que la sentencia no tendrá «repercusión económica, ni social, ni medioambiental porque no se han iniciado las obras y ni siquiera hay un proyecto». Según dijo, estas sentencias «entran dentro de la normalidad» y se han dado «en multitud de ocasiones en toda España, y así seguirá ocurriendo, por lo que si el Gobierno regional ha cometido algún error, lo subsanará».

«Si les ha hecho tan felices esta sentencia, imagino que les habrán hecho muy infelices otras, como la que también ha dictado el TC en la que advierte inconstitucionalidades en el 'Plan E'», concluyó. Todo ello, después de que el TC declarara «inconstitucional y nula» la disposición adicional octava de la Ley del Suelo de la Región de Murcia de 2005, porque su indefinición «crea inseguridad jurídica sobre todos sus destinatarios», por la equiparación que hace entre espacios naturales y Lugares de Importancia Comunitaria. El TC, en una sentencia a la que tuvo acceso Efe, estima así el recurso promovido en el año 2001 por 65 diputados del Grupo Socialista en el Congreso, aunque advierte que, en contra de lo sostenido por éstos, no se puede hablar de «arbitrariedad». El tribunal, frente a lo alegado por los recurrentes de que la disposición ahora anulada abría la puerta a la desprotección automática de unas 11.000 hectáreas de la red básica de espacios protegidos ,entre ellos, los del proyecto de Marina Cope, señala que «toda apreciación sobre la alegada arbitrariedad se movería en el terreno de la pura hipótesis». «No es posible ,añade la sentencia, realizar un análisis de las motivaciones posibles de la norma y de sus eventuales consecuencias». El Alto Tribunal afirma que es procedente la declaración de nulidad de la disposición combatida porque «genera inseguridad jurídica, en último término, sobre todos los ciudadanos, en cuanto a las concretas partes del territorio autonómico acreedoras de protección ambiental, con las consecuencias de todo orden que ello conlleva». La sentencia recoge también que la indefinición generadora de la inseguridad jurídica que detecta se produce porque la norma anulada dispone que los límites de los espacios naturales protegidos «se entenderán ajustados a los límites de los Lugares de Importancia Comunitaria», cuando se trata de conceptos distintos generados por instancias distintas.