Medio Ambiente
¿Qué recoge el convenio?
1-El Convenio estipula que toda persona que tenga un animal de compañía además de darle alimento y agua, ha de «proporcionarle oportunidades de ejercicio adecuadas».
2- No se debe vender ningún animal a menores de 16 años sin el consentimiento expreso de sus padres o de las personas que ejerzan la patria potestad.
3- No serán empleados en publicidad, espectáculos, muestras, concursos salvo que las condiciones sean apropiadas y no se ponga en peligro su salud.
4- Queda prohibido el corte del rabo, las orejas, la sección de las cuerdas vocales y la extirpación de uñas y dientes. Se permite su intervención para impedir la reproducción.
5- Se prohíbe sacrificar por ahogamiento, asfixia, con veneno o droga, así como la electrocución, salvo que previamente haya perdido el conocimiento.
6- Con este convenio, las Partes se comprometen a reducir la reproducción no planificada de perros y gatos estimulando su esterilización.
7- No se deberá tener un animal de compañía si la persona no se ocupa de su salud y bienestar o si el animal no puede adaptarse a la cautividad.
8- No debe adiestrar a ningún animal de compañía perjudicando su salud y bienestar, en particular obligándole a superar sus capacidades.
9- Respecto al comercio, cría, custodia con fines comerciales y refugios, los responsables han de poseer los conocimientos y aptitudes necesarias.
10- Las instalaciones y equipamientos usados en las actividades del punto 9 han de tener en cuenta las necesidades de la especie y raza, tanto en comida,ejercicio...
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