
Sociedad
Indemnizan a un paciente de Málaga con sida que no lo supo hasta dos años después
El Consejo Consultivo de Andalucía considera que sufrió un “error sanitario” del que se ha derivado como secuela una insuficiencia renal

El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha dictaminado que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) debe indemnizar con cerca de 42.500 euros a un paciente contagiado de VIH que le fue detectado en septiembre 2015 y que sufre secuelas porque no se le comunicó ni trató hasta junio de 2017.
Este órgano consultivo, con sede en Granada, ha emitido un informe en el que estima de manera parcial la reclamación de J. A. R. S., un paciente tratado en Málaga que sufrió un “error sanitario” del que se ha derivado como secuela una insuficiencia renal.
La víctima, contagiado de sida, se sometió a un análisis de sangre que detectó la infección el 8 de septiembre de 2015, aunque no recibió tratamiento ni supo de su enfermedad hasta el 26 de junio de 2017.
Según el dictamen del Consultivo, consultado por EFE, hay una relación “inequívoca” entre el daño y el funcionamiento del servicio sanitario que el SAS ha reconocido en un expediente que contempla que al reclamante se le efectuó un análisis para saber si tenía una enfermedades de transmisión sexual (ETS).
Pese a que ese análisis se realizó en 2015, “por motivos que se desconocen” no apareció el resultado sobre VIH.
Fue ya en 2017 cuando la facultativa de Atención Primaria pudo leer los análisis que le practicaron de manera reiterada y comprobar que el resultado de la muestra de sangre de septiembre de 2015 reveló un positivo en sida, momento en el que le puso un tratamiento y derivó al paciente al Servicio de Medicina Interna.
“Se desconoce si el error se ocasionó por un fallo en el sistema informático o de origen humano”, ha apuntado en su dictamen el Consultivo, que ha destacado la “relación causal” entre el retraso en el tratamiento y ese error.
El tiempo sin tratamiento ha provocado en el reclamante una insuficiencia renal, un daño que el Consultivo ha valorado en 42.532 euros.
El paciente ha pedido además una indemnización de 20.680 euros por incapacidad temporal vinculada a su enfermedad que el dictamen no ve justificados, por lo que ha denegado este punto.
El Consejo Consultivo ha fijado la indemnización atendiendo solo a las secuelas funcionales del reclamante, que ha respondido de manera favorable al tratamiento.
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