Tribunales
Piden 14 años de inhabilitación para dos exalcaldes de Sanlúcar la Mayor por contratos sin proceso selectivo
Presunto delito continuado de prevaricación en el Ayuntamiento hispalense
La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla prevé celebrar este martes un juicio contra los exalcaldes de Sanlúcar la Mayor Juan Antonio Naranjo, de Alternativa Por Sanlúcar, y Antonio Manuel Pérez Márquez, del PP, por un presunto delito continuado de prevaricación derivado de numerosas contrataciones temporales de una mujer como administrativa, pese a los informes contrarios del interventor municipal, del secretario general y el responsable de Recursos Humanos, al no quedar acreditado que se siguiese “un proceso de selección mediante convocatoria pública y con garantías de principios de igualdad, mérito y capacidad”.
Según el escrito de acusación de la Fiscalía, recogido por Europa Press, los acusados son los exalcaldes de Sanlúcar Juan Antonio Naranjo, de Alternativa Por Sanlúcar, y Antonio Manuel Pérez Márquez, del PP; y el que fuera teniente de alcalde por el PSOE Juan Carrasco Guerrero, todos ellos sin antecedentes penales.
En concreto, y según el relato de la Fiscalía, Juan Antonio Naranjo, primer edil de Sanlúcar entre 2011 y 2013, firmó en marzo de 2013 un decreto para contratar como administrativa para la Gerencia de Urbanismo a una mujer identificada como Carmen D.C.G., “a pesar de que el interventor municipal, el secretario general y el responsable de recursos humanos emitieron informe contrario a dicha contratación”, pues por ejemplo no estaba acreditado que se siguiese “un proceso de selección mediante convocatoria pública y con garantías de principios de igualdad, mérito y capacidad” y no estaba suficientemente justificada “la necesidad del contrato” al margen de la plantilla propia del Ayuntamiento.
“PROHIBIDO” POR LOS PGE
Además, en el citado informe se advertía de que la ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2013 prohibía a los ayuntamientos la contratación de personal temporal “salvo en casos excepcionales urgentes e inaplazables”.
Tras el citado contrato inicial, censurado como se ha dicho por el mencionado informe, el Ayuntamiento de Sanlúcar formalizó hasta 2016 nueve “nuevos contratos o prórrogas de los mismos” con Carmen D.C.G., contratos firmados en su mayoría por el popular Antonio Manuel Pérez como alcalde y en dos ocasiones por Juan Carrasco como teniente de alcalde, de nuevo “a pesar de los informes del interventor municipal, el secretario general y el responsable de Recursos Humanos en términos desfavorables” a tales contrataciones, según precisa el Ministerio Público.
Es más, según la Fiscalía, el interventor y el secretario general incluyeron en sus informes contrarios, a partir de noviembre de 2013, que el Tribunal Supremo “consideró constitutivo de delito de prevaricación la contratación laboral temporal directa, prescindiendo de todo procedimiento y contraviniendo los principios constitucionales en materia de acceso al empleo público de personas pertenecientes al partido político de la autoridad que contrata”.
OTRO INFORME MÁS
La Fiscalía agrega que en cuatro contrataciones temporales de 2015 y 2016, pesaba además un informe respecto a la empleada Carmen D.C.G., según el cual merced al Estatuto de los Trabajadores, “el empleado que en un periodo de 30 meses hubiera estado contratado en plazo superior a 24 meses adquiere la condición de fijo”.
Así las cosas, el Ministerio Público reclama para cada uno de los encausados 14 años de inhabilitación para el cargo de alcalde, concejal o cualquier puesto de naturaleza electiva en cualquier ámbito, por un presunto delito continuado de prevaricación administrativa, solicitando la absolución de Carmen D.C.G., al haber trabajado como cargo “laboral” y no como cargo público.
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