Consejo de Gobierno
Los altos cargos de la Junta deberán pedir autorización para incorporarse al sector privado
El ejercicio en la hipotética empresa privada sin autorización constituirá una "infracción muy grave" y tendrá sanción
Los altos cargos de la Junta de Andalucía deberán pedir expresamente una autorización para ejercer en la privada, dentro del mismo sector en el que hayan desarrollado sus funciones, durante dos años después de su cese en las funciones públicas, y si no lo hacen incurrirán en conflicto de intereses. La Inspección General de Servicios será el organismo que instruya el procedimiento. El ejercicio en la hipotética empresa privada sin autorización constituirá una "infracción muy grave" y tendrá sanción, según el decreto-ley aprobado este martes por el Consejo de Gobierno, que modifica dos leyes anteriores.
Los altos cargos cesados que pretendan realizar una actividad privada en el mismo sector en el que hayan desarrollado sus funciones en los dos años posteriores a su cese deberán comunicarlo previamente a la Consejería competente en materia de administración pública y a obtener una autorización. La modificación vía decreto-ley es un paso "de urgencia" y de "mínimos" para cerrar "la brecha" que se abrió con el caso del ex número dos de Salud Miguel Ángel Guzmán. De hecho, si quisiera incorporarse a Asisa a final de julio estaría obligado ahora a pedir a la Junta que resuelva sobre su incompatibilidad como exviceconsejero, ya que ese cargo lo dejó hace cinco meses.
La Junta seguirá trabajando en la elaboración de una nueva ley, en la que abordarán asuntos como la posible ampliación de las cesantías, ha informado el consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, José Antonio Nieto. El procedimiento tiene dos posibles vías, abordar este decreto como proyecto de ley en el Parlamento una vez que se convalide en el próximo pleno, o empezar a elaborar un anteproyecto de ley desde el Gobierno autonómico. El decreto ley aprobado prevé que, durante los dos años siguientes a su cese, los altos cargos no podrán realizar actividades ni prestar servicios en entidades privadas (incluidas las que pertenezcan al mismo grupo societario) relacionadas con expedientes sobre los cuales hubiesen dictado resolución en el ejercicio del cargo.
Además, durante los dos años tras el cese tampoco podrán firmar, ni por sí mismas ni a través de entidades participadas por ellas directa o indirectamente en más del 10 %, contratos administrativos o privados de cualquier naturaleza con la Junta de Andalucía y sus entidades dependientes, en las que hubieran prestado servicios, siempre que guarden relación directa con las funciones ejercidas. La relación directa se entenderá cundo el alto cargo, su superior jerárquico a propuesta suya o sus subordinados, suscriban un informe preceptivo, una resolución administrativa o un acto equivalente en relación con la empresa o entidad. También cuando vote a favor de decisiones relacionadas con la empresa o entidad de la que se trate.
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