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Algunas aclaraciones sobre la normativa relativa a las sillas infantiles y la seguridad en el coche.

Algunas aclaraciones sobre la normativa relativa a las sillas infantiles y la seguridad en el coche.
Algunas aclaraciones sobre la normativa relativa a las sillas infantiles y la seguridad en el coche.larazon

¿Estáis haciendo las maletas? ¿os vais en tren? ¿en avión? ¿en coche?

Todos los medios de transporte tienen sus sistemas de seguridad reglados, y los coches no son menos. Es esencial cumplir con la normativa vigente, que justo este año 2017 ha cambiado. Y no sólo por la multa que podría conllevar no cumplirla (hasta 200 € y retirada de 3 puntos del carnet de conducir), sino principalmente por seguridad, especialmente de los más pequeños.

La nueva normativa aplicable desde este año nos lleva a las siguientes conclusiones:

- tanto el conductor como sus ocupantes deben llevar el cinturón de seguridad debidamente abrochado. En caso de que el vehiculo no los tenga instalados no es obligatorio, pero en este caso no puede llevar niños.

- Los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 cm deberán utilizar sistemas de retención infantil y ocupar los asientos traseros.

- Hay sin embargo excepciones: si el vehículo no dispone de asientos traseros, estos asientos se encuentran ocupados por otros menores de edad en las mismas condiciones o no es posible la instalación en todos los asientos de los sistemas de retención, porque el coche es pequeño y no caben las sillas... el menor podrá sentarse delante. Aunque vaya delante, deberá hacerlo en una silla homologada y adaptada a su altura y peso.

- En caso de que un niño utilice una silla colocada en sentido contrario de la marcha en la plaza delantera del coche, deberá desconectar el airbag

- para niños de menos de 125 cm no se admiten los elevadores sin respaldo

Y ya sabéis... al volante, paciencia.