Vivienda
Cuatro preguntas sobre las entregas a cuenta por la compra de una vivienda sobre plano
Carteles publicitarios de promociones de viviendas en solares abandonados, esqueletos de construcciones a medio hacer, casas terminadas sin habitar durante años y años. Esa es la situación dramática que sufren los miles de afectados que han perdido todo su dinero en la compra de una vivienda sobre plano.
Ante tal situación, son muchas las dudas que les surgen a los compradores que ven como tras muchos años esperando su casa, ni se la han entregado ni han recuperado su dinero. Por eso, vamos aclarar las dudas de los afectados para que puedan recuperar sus aportaciones:
1. ¿Es posible que las personas que invirtieron su dinero en la compra de una vivienda sobre plano puedan recuperarlo?
Las personas que han perdido su dinero en la compra de una vivienda sobre plano, tienen posibilidad de recuperarlo. La solución pasa por reclamar judicialmente a la compañía de seguros o al banco con el que la Promotora o la Cooperativa había firmado un seguro o aval.
En el caso de que estos no existan, se puede reclamar al banco ya que la ley 57/68 le exigía cumplir con la labor de vigilar de que la cooperativa o promotora contrataran dicho seguro o aval y si no lo hizo entonces el banco es responsable.
2. ¿Cuál es el plazo para reclamar las aportaciones perdidas por la compra de una vivienda sobre plano?
Para poder demandar a una cooperativa o promotora por retraso en la entrega de la vivienda el plazo es de cinco años, si el contrato de compraventa es posterior a octubre de 2015.
Si, por el contrario, el contrato es anterior a la citada fecha, entonces el plazo para reclamar es el de 15 años. No obstante, el Código Civil incluye una limitación al plazo de reclamación para los contratos firmados con anterioridad a octubre de 2015 y es que, más allá del año 2020 los compradores afectados ya no podrían reclamar, aunque no se hubiera agotado el plazo de 15 años en esa fecha.
3. ¿Qué ocurre si la promotora o la cooperativa están en concurso de acreedores o ha desaparecido?
El hecho de que la promotora o cooperativa de viviendas haya desaparecido o esté en concurso de acreedores no impide al comprador de una vivienda sobre plano recuperar su dinero cuando ésta no se construye. Dado que la reclamación no se dirige frente al promotor, sino contra el seguro o banco que deba responder.
4. ¿Cuánto tiempo tiene que retrasarse la entrega de la vivienda para que pueda reclamar al banco o seguro?
Desde hace un par de años el Tribunal Supremo aclaró que cualquier retraso en la entrega de una vivienda sobre plano permite al comprador resolverlo y pedir la devolución de su dinero. Eso sí, siempre que haya buena fe por parte del comprador.
Desde el equipo de El Defensor de tu Vivienda podemos asesorarle, de manera gratuita, ante de tomar cualquier decisión o firmar ningún acuerdo, buscando la mejor solución para su caso concreto sin ningún tipo de coste ni compromiso, en el teléfono GRATUITO 900 90 70 49 o a través del formulario de nuestra web.
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