Levante U.D.
Competición desestima la denuncia del Levante: el Barça seguirá en la Copa
La Jueza Única no valora la posible alineación indebida de Chumi en la ida de octavos al llegar fuera de plazo. El Levante recurrirá a Apelación
Mediodía y tarde de tensión. Antes del sorteo de los cuartos de final de la Copa del Rey había que decidir si el octavo pasajero del bombo era el Barcelona, vencedor en el campo, o el Levante, que denunció una posible alineación indebida del central de la cantera Chumi en el duelo de ida de octavos. Pero empecemos por el final: la Jueza Única de Competición, Carmen Pérez, no atendió la denuncia al considerar que estaba fuera de plazo, sin meterse en el fondo de la cuestión, si la alineación del futbolista del equipo de Valverde era correcta o no. Por tanto, el equipo azulgrana entró en el sorteo (jugará contra el Sevilla). El Levante seguirá peleando al considerar que tiene razón y fundamentos jurídicos. El próximo paso es protestar a Apelación. Tiene diez días para ello.
La denuncia del Levante llegó a la Federación Española a primera hora de la mañana. Se le comunicó al Barcelona, que expuso sus argumentos de defensa. La discusión estaba, por un lado, en el fondo: si Chumi participó en el partido de forma legal o no. El Levante considera que según el articulo 56.3, no podía hacerlo. Éste dice literalmente que en el caso de «futbolistas que pudieran ser reglamentariamente alineados en otros equipos de la cadena del principal [filiales, como es el caso] o en alguno de los equipos de un club patrocinador, el futbolista sancionado no podrá intervenir en ninguno de estos equipos o clubes, hasta que transcurra, en la categoría en la que se cometió dicha infracción, el número de jornadas a que haga méritos la sanción».
Es decir, que si le sancionan en Segunda B, hasta que no cumpla el partido en esa categoría, no podrá participar con el primer equipo. El Barça se defendió diciendo que este artículo 56.3 choca con el 56.1, que dice que los jugadores deben cumplir en la misma competición las sanciones leves (de uno a tres partidos), y que, por tanto, Chumi sí podía disputar la Copa. También se agarraba a una modificación del reglamento que hubo en noviembre que decía que en caso de una persona con «simultaneidad de licencias», las sanciones leves las cumplirá en la misma competición. En la interpretación estaba la clave. Había discusión entre los mismos expertos, aunque fuentes jurídicas consultadas por este periódico dicen que los jugadores «sólo tienen una licencia (no una para el filial y otra para el primer equipo)», de ahí que su alineación no era correcta. Pero no se sabrá el veredicto en ese sentido, al menos si no prosperan los recursos del Levante, porque Carmen Pérez no entró a este fondo de la cuestión.
El problema estuvo en la forma. La Jueza Única habla de que el plazo para presentar la denuncia concluía «a las 14 horas del segundo día hábil» después del encuentro, y que si no se presenta en el plazo requerido, «quedará automáticamente convalidado el resultado [ganó el Levante 2-1, después, en la vuelta, perdió 3-0». Es decir, el Levante tenía hasta las 14:00 del 11 de enero para denunciar, y lo hizo el 18 de enero. Por eso considera que la protesta «debe inadmitirse en razón de su extemporaneidad».
El Levante, por su parte, se acoge a que ha habido sentencias precedentes que dicen que si la infracción es muy grave, como una alineación indebida, el plazo para presentar la denuncia es de tres años. Pero es el Barcelona quien está en cuartos.
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