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Villar pierde el primer asalto en la Audiencia

El tribunal rechaza suspender de forma cautelar la orden que regula las elecciones a la Federación y tilda de «suposiciones» los posibles daños.

Ángel María Villar, en una de las últimas reuniones de la FIFA
Ángel María Villar, en una de las últimas reuniones de la FIFAlarazon

El tribunal rechaza suspender de forma cautelar la orden que regula las elecciones a la Federación y tilda de «suposiciones» los posibles daños.

La Audiencia Nacional no suspenderá de forma cautelar, como pretendía la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), la orden ministerial del pasado 18 de diciembre que regula las elecciones al organismo que preside Ángel María Villar. La Sala de lo Contencioso Administrativo de este tribunal ha rechazado los argumentos de la Federación para conseguir su paralización, esgrimiendo una supuesta «injerencia» de la Administración y un «atentado directo» a su capacidad de organización como entidad privada.

Pero el tribunal descarta que la no suspensión de los comicios pueda acarrear «daños y perjuicios de imposible o difícil reparación» y tampoco cree que los clubes españoles puedan quedar fuera de las competiciones internacionales por vulnerar la normativa de la FIFA, como mantiene la Federación. Lejos de esa interpretación, la Sala –presidida por la magistrada Berta Santillán– mantiene que el interés público justifica que se mantenga la vigencia de una disposición que desarrolla normas que tienen por objeto «reforzar la transparencia de los procesos electorales» y mejorar la «gobernanza de las Federaciones». Ofreciendo a los deportistas de alto nivel, añade, «una representatividad adecuada en las estructuras federativas», adaptando además las elecciones federativas a las reformas legislativas en el ámbito del deporte y a la creación del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD).

Sin pronunciarse sobre el fondo del asunto, la Audiencia destaca la «generalidad» e «imprecisión» de los argumentos de Villar, pues los daños que –según la Federación– ocasionaría mantener la regulación ministerial de la convocatoria electoral, se sustentan en «meras suposiciones o contingencias futuras». Y es que, recuerda el tribunal, es a quien pide la suspensión cautelar de una resolución al que corresponde probar los daños y perjuicios irreparables que provocaría la no adopción de esa medida solicitada. «No basta una mera invocación genérica», recalca. La RFEF, sin embargo, «se limita a aducir unos daños meramente hipotéticos y eventuales» (la posible expulsión de los clubes españoles de las competiciones internacionales). Esa «imprecisión» de sus planteamientos obliga, dice la Sala, a «desatender su petición», pues la Federación «no ha acreditado» que la aplicación de la orden ministerial le sitúe «en una tesitura susceptible de hacer inútil la eventual sentencia estimatoria ni los daños que de no adaptarse se generarían». La RFEF dispone de cinco días para recurrir esta decisión.

Pero para contrarrestar este revés, Villar recibió ayer una buena noticia: la admisión a trámite, por parte del Juzgado de Instrucción número 10 de Madrid, de la querella por prevaricación presentada por el presidente de la Real Federación Española de Fútbol contra el secretario de Estado para el Deporte, Miguel Cardenal. El magistrado considera que los hechos denunciados «presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal». La denuncia se produjo después de que el TAD abriese hace unos días «un proceso de información reservada» para estudiar la posible apertura de expedientes a Villar y al presidente de la Federación Española de Baloncesto, José Luis Sáez.