España

Ley de Emprendedores y crowdfunding

Se necesitan nuevas normativas de acuerdo a las necesidades de los emprendedores

Carlos Migueláñez Díaz, al fondo de la imagen
Carlos Migueláñez Díaz, al fondo de la imagenlarazon

La creación de nuevas empresas y el aumento del número de autónomos han hecho que sea indispensable la reforma o mejora de la Ley de Emprendedores. En AJE Madrid y de la mano de Carlos Migueláñez Díaz se ha hecho un repaso de los puntos fundamentales de esta ley.

Las novedades mercantiles se centran principalmente en la simplificación y agilización de los trámites para los emprendedores que quieran crear su propia startup. Para ello se crearon los Puntos de Atención al Emprendedor (PAC). En estos puntos las tramitaciones se hacen a través del DUE (Documento Único Electrónico). La información se canaliza en un sistema denominado CIRCE (El Centro de Información y Red de Creación de Empresas) que permite realizar de forma telemática, los trámites de constitución y puesta en marcha de determinadas sociedades mercantiles en España. De esta manera no solo se ahorra en tiempo sino también en desplazamientos, dinero y se cumple con las obligaciones tributarias sin dificultad. Para la constitución de una sociedad limitada se puede hacer con estatutos tipo, es decir, rellenando el DUE y haciendo los registros. También sin estatuto tipo y gestionando directamente en la notaría, como se ha hecho hasta ahora.

La ley permite a los emprendedores de sociedad limitada proteger su patrimonio ante las posibles deudas causadas por el ejercicio de su negocio. A la hora de rellenar el DUE se debe especificar la vivienda que se pone a “salvo”, que se desvincula en caso de pérdidas de la empresa. De esta manera no podrán adueñarse de la vivienda, siempre y cuando la deuda no supere los 300.000 euros.

La ley ha dado lugar a una nueva figura, la sociedad limitada de formación sucesiva. Es prácticamente idéntica a la figura de sociedad limitada, pero su particuliaridad reside en que no requiere de capital mínimo para iniciar la actividad, siempre y cuando no se alcancen los 3000 euros de capital social mínimo estipulado en la sociedad limitada. Las restricciones vienen dadas a los socios y administradores que:

- Deberán destinar a la reserva legal una cifra al menos igual al 20% del beneficio debe destinarse a una reserva legal.

- No se podrán repartir dividendos cuando el valor del patrimonio neto sea inferior al 60%.

- Se limita la retribución anual de los socios y administradores, que no podrá exceder del 20% del beneficio del patrimonio neto.

La nueva normativa incluye novedades tributarias para que las pequeñas empresas puedan reducir su carga fiscal. Una de ellas es la deducción por reinversión por beneficio. Consiste en una reducción de al menos el 10% de la base imponible siempre y cuando se reinviertan los beneficios en activos nuevos tangibles de la propia actividad económica. Muy semejante es la reserva por capitalización en la que las empresas podrán destinar hasta el 10% de su beneficio a una reserva, dinero por el cual no tendrán que tributar, y que se destinará a sus recursos propios. Esta reserva debe mantenerse durante 5 años, a no ser que la empresa tenga pérdidas. De esta manera se evita la descapitalización y su dependencia con otras fuentes de financiación. Además, no tendrá la obligación de reinvertirlo en material tangible.

También se hará una deducción del 20% por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación.

Otra de las leyes de emprendedores, que aún no ha tenido mucho éxito, es el IVA por criterio de caja. Se basa en un régimen especial por el cual se permite no ingresar el IVA hasta que la pyme en cuestión cobre la factura. A este nuevo régimen podrán adscribirse aquellas empresas que no tributen por módulos y que tengan una cifra de negocio de menos de 2 millones de euros.

Existen cambios en cuanto a la Seguridad Social se refiere. Los autónomos tendrán derecho a una tarifa plana por la cual, tanto jóvenes como adultos, tendrán una reducción del 80% de la cuota de la seguridad social durante los 6 primeros meses de ejercicio. Los jóvenes menores de 30 años y las mujeres menores de 35 se benefician de esta bonificación durante los 19- 30 primeros meses de ejercicio.

También habrá descuentos para fomentar la pluriactividad. Para aquellas personas que cotizan por cuenta propia y ajena, dispondrán de una reducción en la base mínima de cotización de un 50% en los primeros 18 meses.

Las leyes aún están por desarrollarse y llegar a un consenso con las necesidades de los emprendedores ya que aún nos encontramos a años luz de otros países europeos que, no solo tienen unas leyes específicas para emprendedores sino que son factibles y favorecen y ayudan a a todos aquellos que quieran crear una startup.

Crowdfunding: una nueva forma de financiación.

El crowdfunding es un sistema de financiación colectiva. Comenzó con pequeñas donaciones de personas que, sin recompensa alguna, donaban dinero para ayudar a un grupo de música, de cine... Después de pasos de gigante, se ha especializado y podemos encontrar cuatro tipos de crowdfunding.

- La primera es la vuelta a su origen: las donaciones. En este caso las personas dan dinero sin la intención de recibir absolutamente nada a cambio, solo la “satisfacción” de haber contribuido a crear algo.

- La segunda es por recompensa. Aquí las personas que dan dinero reciben una recompensa pequeña, ya sea tener el producto el primero, rebaja en la compra...

- La tercera se refiere a los préstamos, ‘lending crowdfunding’ o ‘peer to peer’. En este caso, se analiza el riesgo que supone invertir en el proyecto y se le añade un tipo de interés. Los emprendedores deberán devolverlo, en un plazo estipulado, con el tipo de interés que haya visto conveniente el inversor.

- Por último está el equiti. En este caso, a cambio del dinero de financiación, se da una participación en los negocios o un porcentaje de los beneficios que, a posteriori, serán de la empresa.

Según el tipo de startup, la financiación necesaria que requiera o la rapidez para montar una nueva empresa, será conveniente decantarse por una u otra opción. Entre las ventajas de este tipo de financiación es que es rápida, barata y se deja al margen a los bancos. Además, estas inversiones se hacen cuando el proyecto aún no está del todo desarrollado por lo que se puede invertir tanto en su proceso de desarrollo, como en marketing. No se debe olvidar que también existen desventajas por ejemplo, al incluir un proyecto en un portal que es libre y público puede existir el riesgo de plagio.