Banca

Estos son los tres errores que puede cometer el banco y que afectan a sus clientes

Aunque la mayoría de las operaciones se han ido simplificando y automatizando en los últimos años, esto no implica que no se puedan cometer errores al realizar algún que otro trámite

Una persona saca dinero de un cajero de una entidad bancaria
Una persona saca dinero de un cajero de una entidad bancariaEmilio NaranjoAgencia EFE

La banca española hace tiempo que dio el salto hacia la digitalización, transformando sus productos y servicios para mejorar la eficiencia y la eficacia de la operativa bancaria. Esta transformación digital ha promovido que la mayoría de los clientes se hayan pasado al plano online, haciendo que el contacto con las entidades financieras se haya limitado hasta lo más esencial. No obstante, aunque la mayoría de las operaciones se han ido simplificando y automatizando en los últimos años, esto no implica que no se puedan cometer errores al realizar algún que otro trámite, ya que ningún cliente está totalmente a salvo de que estos puedan ocurrir.

Por tanto, en el caso de que una entidad bancaria cometa un error, "tan pronto como lo advierta debe reconocerlo, corregirlo sin demora y acordar una solución con el cliente, siempre que sea posible. Y, por supuesto, debe evitar que se repita", tal y como explican desde el Banco de España (BdE). Concretamente, esta entidad detalla los tres tipos de errores más frecuentes que pueden producirse en la cuenta bancaria de un cliente:

  • Errores cometidos en escrituras públicas: en el caso de que un cliente o la misma entidad bancaria detecte una equivocación de este tipo, el banco deberá "tomar la iniciativa de forma diligente para subsanarlo lo antes posible y solicitar la corrección ante el notario", aclara el Banco de España. Si el notario considera que dicha solicitud no puede atenderse, "el error sólo podría corregirse por acuerdo entre las partes o, en su caso, por los tribunales de justicia".
  • Errores en los apuntes en nuestra cuenta: los titulares de las cuentas bancarias son los primeros interesados en llevar un control de los movimientos que se produzcan en la misma, ya que de esta forma podrán detectar un error o cualquier cargo que se haya realizado sin autorización previa. En el caso de que se observe un error, el cliente bancario deberá manifestar su "disconformidad a la entidad dentro de un plazo razonable para que sea corregido", sostienen desde el BdE.
  • Operaciones de pago que no se ejecutan correctamente: la normativa establece que el cliente bancario debe comunicar sin retraso a la entidad las operaciones de pago que no se realizan de forma correcta y "dentro de un plazo máximo de 13 meses desde la fecha del adeudo o abono, siempre que la entidad haya remitido justificación de la operación al usuario".