Banca

Esto es lo que debe hacer cuando muere el titular de una cuenta bancaria

La gestión de las cuentas bancarias le corresponde a los propios herederos

En 2018 había un total de 1.214 cajeros en la vía pública de la capital catalana y han pasado a sólo 717 en 2021
En 2018 había un total de 1.214 cajeros en la vía pública de la capital catalana y han pasado a sólo 717 en 2021EDUARDO SOARES / UNSPLASHEDUARDO SOARES / UNSPLASH

La cuenta bancaria es uno de los productos financieros más utilizados en nuestro país, ya que su principal función consiste de depositar el dinero físico de los clientes para su movimiento y administración. No obstante, cuando fallece el titular de estas cuentas, será necesario cerrar aquellas que tenga abiertas, ya que sino estas seguirán generando comisiones año tras año o incluso se podrán seguir cargando recibos en las mismas. Esta gestión le corresponde a los propios herederos en caso de que acepten la herencia, ya que tendrán interés en obtener información sobre dichas cuentas o incluso para realizar la adjudicación de su saldo.

Antes de nada, lo primero que los herederos deben saber es si el fallecido tenía una o más cuentas bancarias. Para ello, acudir a la Administración Tributaria será lo "más aconsejable", tal y como explican desde la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), ya que es donde las entidades bancarias deben comunicar las cuentas del fallecido. Asimismo, al realizar esta comprobación, esta persona también podrá saber si existen las deudas pendientes y el saldo de la cuenta una vez haya demostrado su condición de heredero.

En el caso de que tenga cuentas abiertas, el heredero deberá comunicar al banco que la persona ha fallecido aportando el certificado de defunción y una copia del testamento. Si no es posible proporcionar este último documento, se podrá entregar una copia de declaración de herederos a la entidad bancaria.

"Estos mismos documentos, además de la documentación justificativa de la aceptación, partición y adjudicación de la herencia son también necesarios para que puedas demostrar tu condición de heredero, indispensable para hacer cualquier movimiento en la cuenta", explican desde Asufin.

¿Cómo se puede disponer del saldo de un fallecido?

Tras comprobar la titularidad de la cuenta, el heredero deberá actuar de una forma u otra dependiendo del tipo que sea para poder gestionar sus fondos. En este sentido, existen tres tipos de cuenta:

  • Cuenta de titularidad única: esta pasará directamente a sus herederos y en estos casos se requiere la autorización de todos sus herederos. Si tan solo existe un heredero, este podrá acceder a ella y en el caso de querer cancelarla, este será quien debe firmar dicha cancelación.
  • Cuenta conjunta: desde el fallecimiento de un titular, los demás titulares no podrán disponer del dinero que hay en ella, salvo que tengan el consentimiento expreso de todos los herederos del titular fallecido. Todos los herederos y cotitulares tendrán que dar su autorización para realizar cualquier operación, así como para cancelar la cuenta.
  • Cuenta indistinta o solidaria: el titular sobreviviente podrá seguir disponiendo del dinero después del fallecimiento de uno de los titulares. En este caso, cualquiera de los cotitulares puede realizar cualquier operación sin ser necesaria la autorización de los herederos.

¿Qué ocurre si nadie reclama la cuenta?

Cuando la cuenta esté 20 años parada sin que se realice ningún movimiento y sin que se haya reclamado por sus herederos, esta pasará a los fondos del Estado."Lo más habitual es que exista alguien que dé un aviso a la Agencia Tributaria, que tiene un canal específico para informar de estas cuentas y herencias “abandonadas”, en las que el Estado pasa a ser heredero", sentencian desde Asufin.