Intervención del Banco Madrid
La CNMV ordena el «vaciado» de fondos de Banco Madrid
El proceso de liquidación de Banco Madrid dio ayer un importante paso hacia delante, el que marcará el «vaciado» ordenado de la entidad en el corto plazo. La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) le retiró la licencia para ser depositaria de fondos de inversión y sicavs, por lo que restringió su actividad en el área de banca privada a los depósitos y obligará a mover los capitales que aún mantiene en su balance. En términos prácticos, la decisión del regulador bursátil se asemeja a la que tomaría el Banco de España si le retirara la ficha bancaria a la filial española de Banca Privada de Andorra (BPA), inmersa en una investigación por supuesto blanqueo.
El Comité Ejecutivo del organismo que preside Elvira Rodríguez decidió «iniciar los procedimientos para suspender la autorización concedida a Banco de Madrid, S.A.U. para ejercer como depositario de Insitituciones de Inversión Colectiva (IIC) y revocar la autorización de Banco de Madrid Gestión de Activos, Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva para actuar como tal», señaló la CNMV en un comunicado.
El regulador busca ahora el banco o bancos que recibirán los fondos que hasta ahora estaban siendo gestionados por Banco Madrid, que suponen la tercera parte de su balance. «En el más breve plazo posible», detalla la CNMV, el organismo público pretende «designar a las entidades que, de forma provisional, deberán hacerse cargo de ambas funciones».
En una medida similar, pero a una escala mucho menor, el grupo de juego Codere también suspendió la operativa como agente de liquidez que ejercía Banco Madrid debido a la actual situación de la entidad, según reveló a la CNMV, informa Efe.
Tras el escándalo de BPA, la Asociación Española de la Banca (AEB) y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) solicitaron ayer la comprensión y colaboración de los clientes de sus entidades asociadas para que, en el caso de ser requeridos, aporten su DNI antes del próximo 30 de abril para cumplir con todos los requisitos que exige la normativa, en concreto, la Ley 10/2010 sobre prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, justo la que incumplió BPA, informa Efe.
En una nota conjunta remitida ayer, ambas asociaciones financieras explicaron que, de esta forma, se evitarán «las restricciones a la operativa de las cuentas que los bancos y otras entidades se verían obligados a aplicar». La obligación se concreta en la necesidad de disponer de copia del documento de identidad así como, en su caso, de otra información sobre la actividad del cliente, antes del 30 de abril.
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