Dación en pago
La ganancia patrimonial de la dación en pago quedará exenta de tributación
La ganancia patrimonial que se produzca debido a la dación en pago (entrega de la casa para el pago de la deuda hipotecaria) quedará exenta de tributación tras la entrada en vigor de la reforma fiscal, igual que la plusvalía municipal. Así, lo ha señalado el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, en una rueda de prensa junto al ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, para explicar las líneas generales de la reforma.
Por su parte, los rendimientos de capital negativos derivados de las participaciones preferentes se podrán compensar con las ganancias patrimoniales derivadas de las acciones que fueron objeto de canje.
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