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Los parados de larga duración ya pueden pedir la ayuda de 426 €
Los parados de larga duración con responsabilidades familiares y que han agotado su protección por desempleo podrán solicitar desde hoy la ayuda de 426 euros que ha puesto en marcha el Gobierno a través del Programa de Activación para el Empleo.
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, dijo ayer que este plan supondrá "una palanca más"que contribuirá a acelerar la creación de puestos de trabajo en 2015.
Báñez precisó que el Programa de Activación para el Empleo, impulsado en diciembre fruto del diálogo social, ofrece oportunidades a los españoles "que más dificultades tienen para volver al mercado de trabajo"y además cuentan con cargas familiares, colectivo que la ministra cifró en más de 400.000.
Como recoge el Real Decreto que regula el programa, los desempleados de larga duración con responsabilidades familiares y que han agotado su protección podrán solicitar desde hoy y hasta el 15 de abril de 2016 la prestación de 426 euros, y deberán obtener una respuesta del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en un plazo de tres meses.
La duración máxima de la ayuda será de seis meses, si bien las acciones de inserción previstas en el programa pueden continuar con posterioridad a ese plazo.
La cuantía de la ayuda será igual al 80 % del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual vigente en cada momento.
La financiación de la ayuda se incluirá dentro de la acción protectora por desempleo y estará a cargo del presupuesto del Servicio Público de Empleo.
Para ser beneficiario de la ayuda, deberán haber transcurrido al menos seis meses desde el agotamiento de la Renta Activa de Inserción (RAI), el Programa Temporal de Protección e Inserción (PRODI) o el Programa de Recualificación Profesional de las Personas que Agoten su Protección por Desempleo (PREPARA).
También deberá estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público competente a fecha 1 de diciembre de 2014 y carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 % del salario mínimo interprofesional y acreditar responsabilidades familiares.
Esta ayuda será compatible con el trabajo por cuenta ajena, a tiempo completo o parcial, y de duración indefinida o temporal, hasta un máximo de cinco meses, siempre que se desarrolle en empresas o entidades que no formen parte del sector público.
Durante este tiempo, el empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario que corresponda percibir al trabajador, de manera que el coste laboral esté cofinanciado entre la empresa y el servicio público de empleo.
También será compatible con las ayudas de cualquier naturaleza que se pudieran obtener por la asistencia a acciones de formación profesional para el empleo.
La nueva ayuda beneficiará a entre 400.000 y 450.000 parados y se prolongará durante 15 meses, hasta el 15 de abril del próximo año.
Entre las obligaciones que asume el solicitante, está el "compromiso de actividad"en virtud del cual se realizarán las distintas actuaciones favorecedoras de su inserción laboral.
El demandante deberá aceptar la colocación que le sea ofrecida por los servicios públicos de empleo y comunicar situaciones que puedan dar lugar a incompatibilidad con la ayuda.
Como novedades, el programa deberá asignar al beneficiario un tutor que elaborará un itinerario individual y personalizado en el plazo de un mes desde la solicitud de admisión.
El tutor será el responsable del seguimiento del itinerario y de proponer medidas para facilitar la reinserción laboral.
Las comunidades autónomas que han asumido el traspaso de la gestión de las políticas activas de empleo serán competentes para asignar el itinerario individual y personalizado y las acciones de mejora de la empleabilidad.
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