Hipotecas
NCG Banco estudia cómo aplicar el fallo del Supremo
NCG Banco está estudiando cómo aplicar el fallo del Tribunal Supremo que anula las cláusulas suelo en las hipotecas cuando no se dio una información clara y la puntualización realizada por el Alto Tribunal en un auto hecho público este miércoles. La entidad se ha limitado a indicar que el documento todavía debe ser revisado por sus servicios jurídicos. Tras conocer el primer fallo, BBVA, NGC Banco y Cajas Rurales habían presentado una solicitud de rectificación, aclaración y subsanación de la sentencia. Especialmente, pedían que el tribunal precisara si era necesario que concurrieran una serie de circunstancias para que una cláusula fuera declarada nula, puntos sobre los que ahora se pronuncia.
Tras conocerse el auto, Cajamar Caja Rural ha anunciado que va a proceder a la "retirada inmediata"de las cláusulas suelo de "todas sus hipotecas", mientras que el BBVA ha avanzado que dejará de aplicar, con efectos desde el 9 de mayo de 2013, la cláusula suelo en sus contratos de préstamo hipotecario con consumidores para cumplir con la sentencia del Tribunal Supremo que declaró ilícita esta condición debido, fundamentalmente, a su falta de transparencia.
Según ha comunicado esta segunda entidad a la Comisión Nacional del Mercado de valores (CNMV), el hecho de dejar de aplicar esa cláusula no significa que no vaya a recurrir el fallo del Alto Tribunal, cuya puerta deja abierta.
El TS ha aclarado que la creación de la apariencia de un contrato de préstamo hipotecario a interés variable, cuando el índice de referencia o su evolución, previsible para el profesional, a corto o medio plazo lo conviertan en interés mínimo fijo variable nada más al alza, "constituye uno de los diferentes supuestos de falta de transparencia"del contrato y de "cláusula abusiva", sin necesidad de que concurra ningún otro requisito.
Así lo pone de manifiesto el Alto Tribunal en un auto de aclaración después de emitir una sentencia contra varias entidades bancarias a las que anulaba ciertos contratos hipotecarios debido a la falta de transparencia en lo que se refería a las cláusulas suelo.
El Supremo precisa que la sentencia emitida en su día "proclama la licitud de las cláusulas suelo condicionada a que se observe la especial transparencia exigible en las cláusulas no negociadas individualmente que regulen los elementos principales de los contratos suscritos con consumidores".
Recuerda que en la sentencia se identificaron seis motivos por los que las cláusulas no eran lícitas. Ahora aclara que "no se trata de una relación exhaustiva de circunstancias a tener en cuenta con exclusión de cualquier otra".
"Tampoco determina que la presencia aislada de alguna o algunas (de estas circunstancias) sea suficiente para que pueda considerarse no transparente la cláusula a efectos de control de su carácter eventualmente abusivo", indica la sala.
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