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Hipotecas

Serán las comunidades autónomas las que deban pagar a los hipotecados

El Supremo prepara una sentencia «didáctica» y avalará el criterio ya establecido.

Carlos Lesmes, ayer, en la inauguración de las jornada de Puertas Abiertas del TS
Carlos Lesmes, ayer, en la inauguración de las jornada de Puertas Abiertas del TSlarazon

El Supremo prepara una sentencia «didáctica» y avalará el criterio ya establecido.

Más de un millón de ciudadanos que suscribieron hipotecas en los últimos cuatro años espera con impaciencia la decisión que adopte finalmente el Tribunal Supremo el próximo día 5 de noviembre respecto a quién debe hacer frente del pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados al firmar la escritura ante notario cuando se formaliza una hipoteca, si los clientes o las entidades bancarias. Hasta ese día, los recursos sobre esa materia se han suspendido a la espera de que los juzgados que deben resolverlos tengan el criterio jurisprudencial del Tribunal Supremo, el cual será de obligado cumplimiento por todos los jueces. La sentencia de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo fijó el pasado día 18 que debían ser las entidades financieras las que deben hacer frente al pago de lo abonado por los clientes.

Hasta ese día, todo será incertidumbre sobre lo que puedan decir la treintena de magistrados que conforman el pleno de la mencionada Sala del Tribunal Supremo. Sin embargo, fuentes jurídicas consultadas por LA RAZÓN vinieron a coincidir en que será una sentencia «didáctica», esa decir, una resolución que no dejará dudas a la interpretación y que «marcará los efectos y los que no» de la última resolución, cuyos argumentos centrales serán refrendados.

De esta forma, quienes firmaron hipotecas y pagaron los correspondientes tributos sobre Actos Jurídicos Documentados –entre el 0,5 y y el 1,5 del importe– podrán recuperar su dinero; pero, subrayan al respecto las fuentes consultadas, lo tendrán que solicitar a las comunidades autónomas donde firmaron las correspondientes hipotecas, ya que fueron las que ingresaron directamente esas cantidades, «las que han liquidado esos tributos», al tratarse de un impuesto estatal pero transferido a las comunidades; devolución que podrán formular por tratarse, de acuerdo con la línea marcada por el propio Tribunal Supremo, de un «pago indebido».

Además, el «contribuyente incorrecto», es decir, el hipotecado, podrá solicitar no sólo el nominal de lo pagado por el citado impuesto, sino también los intereses devengados desde entonces. Posteriormente, serán las comunidades, una vez practicadas las correspondientes liquidaciones, las que, en su caso, reclamen a los bancos las cantidades que correspondan. «Pero eso ya será una cuestión entre comunidad autónoma y bancos», señalan al respecto las fuentes consultadas, y en este último caso sólo el nominal, con lo que las comunidades sufrirán una «pequeña merma» en sus recursos económicos.

Junto a ello, el Supremo también se inclina porque el plazo para poder solicitar esa devolución se limitará a los últimos cuatro años, que es el tiempo máximo en que Hacienda pueda reclamar a un contribuyente y, por aplicación, cuando este puede solicitar la devolución de algún gasto considerado indebido.

Por tanto, en principio, esa acción de reclamación no tendría un irretroactividad indeterminada, sino limitada al citado plazo. Sin embargo, el Tribunal Constitucional, si tiene que llegar a pronunciarse sobre este tema, sí tendría la facultad de provocar unos «efectos prospectivos»; es decir, ampliar ese plazo, «lo está vedado al Tribunal Supremo», algo para lo que también tendría potestad el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.

En los últimos cuatro años, desde agosto de 2014 a julio de 2018, se formalizaron 1.131.762 hipotecas, por un valor de 127.740 millones. Si se toma como media el 1 por ciento como pago del impuesto por Actos Jurídicos Documentados, resulta que los bancos, que son los sujetos pasivos del tributo en cuestión, tendrán que devolver a las comunidades autónomas en torno a los 1.277 millones de euros.

De Robin Hood a entregados

Por otro lado, la decisión del presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Luis María Díez Picazo, de convocar ese pleno jurisdiccional para el día 5 ha provocado un profundo malestar en gran parte del Supremo: «Antes éramos como Robin Hood, cuando resolvimos el tema de las cláusulas suelo, y ahora parecemos entregados a los bancos, y todo por un error de gestión», comentaron a LA RAZÓN fuentes solventes.