IVA
Sin incentivos fiscales para los mayores de 65 años que trabajen
La reforma fiscal recoge la reducción complementaria en el IRPF de la que se benefician. Se modifican las de movilidad geográfica para desempleados
La reforma fiscal recoge la reducción complementaria en el IRPF de la que se benefician. Se modifican las de movilidad geográfica para desempleados
Aquellos trabajadores que decidan prolongar su carrera profesional más allá de los 65 años dejarán de tener incentivos fiscales. Según el proyecto de ley que modifica la reforma del IRPF, la reducción actual por prolongación de la actividad laboral de los mayores de 65 años, de la que en 2012 se beneficiaron 52.930 contribuyentes por valor de 143 millones de euros, se suprimirá «sin que se reemplace por cantidad alguna en concepto de gastos deducibles», según recoge la memoria del proyecto.
La nueva normativa modifica, además, otras de las actuales reducciones por gastos deducibles de los rendimientos de trabajo. En concreto, las reducciones complementarias que se aplican hasta ahora por movilidad geográfica de personas desempleadas que acepten un puesto de trabajo que exija su traslado de residencia serán sustituidas por 2.000 euros anuales adicionales a las deducciones generales en dos ejercicios, mientras que los trabajadores activos con discapacidad incrementarán la cuantía deducible en 3.500 euros anuales, o hasta 7.750 euros si acreditan necesitar ayuda de terceras personas, movilidad reducida o un grado de discapacidad igual o superior al 65%, según informa Ep.
Asimismo, el proyecto recorta del 40% al 30% la reducción sobre los rendimientos del trabajo generados en más de dos años si se imputan en un único periodo impositivo, con un límite máximo que seguirá en los 300.000 euros. No obstante, no se aplicará esta reducción si en los cinco periodos impositivos anteriores el contribuyente hubiera tenido otros rendimientos de este tipo a los que ya hubiera aplicado la reducción. Para las indemnizaciones por despido, el plazo a tener en cuenta será el número de años de servicio del trabajador. Además, la reducción general por obtención de rendimientos del trabajo se desdobla en dos partes. Habrá una cantidad variable en función de los rendimientos, con una cuantía máxima de 3.700 euros si no exceden los 11.250 euros anuales, que decrece linealmente hasta cero para rendimientos por encima de los 14.450 euros anuales o si se perciben rentas distintas del trabajo superiores a los 6.500 euros anuales.
Cantidad fija
Por otra parte, se introduce una cantidad fija de 2.000 euros anuales –4.000 euros si se trata de parados que trasladan su domicilio para aceptar un empleo– en concepto de gastos deducibles sin necesidad de justificación que se aplicará independientemente de la cuantía de los rendimientos del trabajo percibidos. Los discapacitados podrán deducirse adicionalmente hasta 3.264 euros –7.242 euros si necesitan ayuda de terceros, tienen movilidad reducida o la discapacidad supera el 65%–, que sustituirán las deducciones actuales, que están configuradas de forma lineal en 2.652 euros para todos los discapacitados a partir de determinado nivel. Se considerarán gastos deducibles las cotizaciones a la Seguridad Social o mutuas generales obligatorias, las detracciones por derechos pasivos, las cotizaciones a los colegios de huérfanos o entidades similares, las cuotas sindicales o de colegiación obligatoria, los gastos de defensa jurídica derivados de litigios suscitados con el pagador de los rendimientos –hasta 300 euros anuales–.
Según el Ejecutivo, el efecto de estos gastos deducibles será «relativamente mayor» para los contribuyentes de rentas bajas, para los parados que acepten un trabajo en otro municipio y para los discapacitados, de modo que la medida «induce progresividad» en el IRPF.
Sociedades
Por su parte, el proyecto de ley del Impuesto sobre Sociedades, que también entrará en vigor a principios del próximo ejercicio, mantiene varias de las deducciones que las empresas se pueden aplicar por creación de empleo y por contratación de trabajadores con discapacidad. Sin embargo, suprime otras deducciones, entre las que se cuentan las de adaptación de vehículos para discapacitados o guarderías para los hijos de sus trabajadores, así como las de los gastos de formación profesional.
El coste recaudatorio de las modificaciones introducidas en el impuesto de sociedades ascenderá a 3.078 millones de euros en los ejercicios 2015 y 2016, según la memoria económica del nuevo proyecto de ley. En el texto se destaca que en este cálculo no se incluye el impacto del cambio que incide en el ámbito del mecenazgo relativo al IRPF, pues si bien se regula en este proyecto de ley del impuesto sobre sociedades, «parece más oportuno», desde el punto de vista del análisis recaudatorio, recogerlo como así se hace en el proyecto por el que se modifica la ley del IRPF.
La memoria señala que el efecto macroeconómico de la reforma del impuesto de sociedades sobre el PIB será del 0,15% en 2015 y del 0,23% en 2016 de desviación respecto a un escenario de referencia sin reforma. Asimismo, el efecto sobre el empleo en términos de puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo, ascenderá a 0,23% y 0,27% en 2015 y 2016. Hacienda subraya que estos efectos sobre la economía van a provocar que los ingresos por sociedades no disminuyan tanto como cabría esperar, ya que el aumento de la renta disponible de las empresas genera un aumento de la inversión y del empleo.
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