Policía Nacional
¿Qué debe hacer un policía si tiene que detener a un individuo con coronavirus?
Lo de pedir a un sospechoso que se mantenga a 1,5 metros es muchas veces complicado
Los agentes de las Fuerzas de Seguridad y, en concreto, los del Cuerpo Nacional de Policía, practican a diario decenas de detenciones. Algunos de estos individuos pueden padecer coronavirus o, al menos, presentar los síntomas de este mal. Y ahí se presenta el problema, ya que lo de mantener una distancia prudencial es prácticamente imposible en actuaciones de este tipo. ¿Cómo le va a decir un policía a un sospechoso que se mantenga a un metro y medio y que no se escape, sobre todo si el presunto delincuente es un sujeto peligroso?.
“En la interacción, el funcionario deberá mantener, en la medida de lo posible, una distancia aproximada entre 1,5 y 2 metros, salvo en las fases de la intervención en las que resulte imposible por su propia naturaleza”. Punto.
La Dirección General de Policía ha remitido hoy a las distintas unidades una instrucción sobre las distintas actuaciones que deben afrontar los agentes ante la pandemia de coronavirus.
En dicha instrucción, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, se incluye el protocolo a seguir si “una persona detenida presenta estos síntomas (fiebre, tos y dificultad respiratoria), y ha tenido contacto estrecho con personas o ha estado en zonas de especial incidencia del virus o manifiesta estar infectado”.
Una vez arrestado el individuo, los funcionarios que interactúen con la persona presuntamente infectada o sus pertenencias dentro de la distancia de seguridad establecida o en otra situación de riesgo, deberán utilizar la mascarilla correspondiente y los guantes de nitrilo facilitados, agrega.
“Lo primero, se le facilitará una mascarilla quirúrgica y se procederá a su aislamiento en un calabozo individual, comunicando la situación al teléfono de emergencias 112 o a aquel que haya designado la respectiva Comunidad Autónoma”, agrega.
“Se introducirá el material textil de calabozo en una doble bolsa cerrada y se depositará, sin manipular, en un espacio cerrado”; “los materiales de protección serán desechados en los contenedores de restos biológicos destinados al efecto"; “se mantendrá clausurado el calabozo hasta su limpieza y desinfección por la empresa de limpieza contratada, incluido el resto de material no textil. Del mismo modo se actuará con el vehículo policial que, se hubiera utilizado para efectuar el traslado a dependencias policiales tras la intervención”.
Por lo que respecta
Asimismo, se recomienda “la limpieza de las superficies con las que haya entrado en contacto la persona presuntamente infectada”.
Por lo que respecta al traslado del detenido a un centro sanitario, “En el caso de que sea necesario efectuar el traslado a un centro sanitario “no se realizará en medios de transporte policiales, salvo que la autoridad sanitaria ordene lo contrario y siempre en circunstancias excepcionales”.
En lo referido a los agentes que practicaron la detención, se señala que, “en el supuesto de que los actuantes presenten síntomas en los días posteriores a la práctica de la diligencia, habrán de contactar con el teléfono de emergencias 112 o con el designado por la Comunidad Autónoma en la que se encuentre o al reseñado por la compañía de asistencia sanitaria concertada, para su valoración por un facultativo sanitario”. “Si algún actuante resulta afectado, comunicará su situación” y “en el atestado que se elabore con motivo de la actuación, deberán constar, de manera concreta, los funcionarios que hayan intervenido en la situación de riesgo, así como su identificación profesional”.
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