La investidura de Sánchez
24 horas para convocar la investidura
Los plazos: Recibido el encargo, el Congreso puede fijar con urgencia el inicio del pleno, incluso para el día siguiente, como ocurrió en 2016 con Mariano Rajoy
Los plazos: recibido el encargo, el Congreso puede fijar con urgencia el inicio del pleno, incluso para el día siguiente, como ocurrió en 2016 con Mariano Rajoy
España lleva 135 días en funciones desde que el pasado 28 de abril se abrieran las urnas para escrutar los votos de las elecciones generales. La parálisis de estos más de cuatro meses no se ha circunscrito únicamente a las instituciones, sino que de ella se han contagiado también los partidos políticos que han apurado al máximo los plazos para dar una salida al bloqueo. Lo que se podría haber avanzado en estas 19 semanas ya agotadas se concentrará en la próxima, en la que los tiempos se constreñirán al máximo para lograr sortear unos comicios que cada vez parecen más ciertos.
¿Por qué es clave la ronda de consultas del Rey con los partidos políticos?
Se prevé que Felipe VI llamé a consultas a los líderes de los principales partidos con representación en el Congreso a principios de la próxima semana con el objetivo de testar su posición ante una eventual sesión de investidura. Los representantes que desfilen por Zarzuela despacharán con el Rey si están dispuestos a facilitar con sus votos que Pedro Sánchez revalide La Moncloa. Con el esquema global de apoyos, el Monarca decidirá si encarga al candidato socialista formar gobierno, por lo que tiene la llave para poner a funcionar la maquinaria de la investidura. La institución monárquica tiene la obligación de mantener sin tacha la neutralidad política que ha sabido custodiar desde la Transición ante este nuevo reto que se le plantea.
¿Qué ocurre si Felipe VI no propone candidato a la investidura?
Si el Rey, tras despachar con los representantes de las fuerzas políticas, constatara que Sánchez no cuenta con los avales suficientes para formar gobierno y tras escucharle también a él –que no está dispuesto a volver a una investidura sin tener atados los votos– podría decidir no realizar ningún encargo. Esto supondría una convocatoria tácita de elecciones sin tener que esperar a que se agote el plazo para la disolución de las Cortes, ya que sin candidato no hay investidura. No se trata de un hecho inédito, esta situación ya se dio en abril de 2016.
¿Y si propone a Sánchez?
Si Pedro Sánchez sale la próxima semana de Zarzuela con la condición de candidato a la investidura, tras recibir el encargo del Rey, supondrá que cuenta con el apoyo de Podemos para superar el pleno en el Congreso. Esta situación podría darse bien si el PSOE ha logrado cerrar un acuerdo programático con Iglesias, bien si los morados decidieran en el último momento otorgar gratis sus votos para evitar las elecciones. En esta situación, Sánchez contará con un margen extra de unos días para cerrar los flecos de una futura alianza antes de someterse a la investidura.
¿Cuándo se puede fijar el pleno de investidura?
Una vez que Sánchez reciba el encargo, el pleno se puede convocar con urgencia, incluso en las 24 horas siguientes al mismo. Así lo apuntan fuentes del Congreso, que recuerdan que en 2016 en la investidura de Mariano Rajoy, el candidato popular recibió el encargo del Rey el día 25 de octubre y el debate de investidura se fijó para el día siguiente, el 26. Si nos atenemos a las fechas probables que se barajan y Sánchez recibiera el encargo el día 17 septiembre, la presidenta de la Cámara, Meritxell Batet, podría fijarlo para el miércoles 18. Con estos plazos, la primera votación se produciría el jueves 19 y, dado que se requiere mayoría absoluta para superarla, sería 48 horas después, el sábado 21 de septiembre cuando ya sí, con mayoría simple, Sánchez saldría investido. El hecho de que sea sábado no es óbice para que pueda celebrarse el pleno, ya que el Congreso puede habilitar días del fin de semana para llevar a cabo este tipo de sesiones.
¿Cuál es el plazo límite para evitar las elecciones?
La disolución de las Cortes está fijada en el día 23 de septiembre, trascurridos ya dos meses desde que el 23 de julio se procediera a la primera votación de la sesión de investidura fallida de Sánchez. En este caso no entra en juego la hora a la que se realizara dicha votación –como sí ocurre para fijar el plazo de 48 horas entre la primera y la segunda votación de una investidura– y será a las 23:59 horas del lunes 23 de septiembre cuando se agoten las posibilidades de sortear las urnas.
¿Hay que esperar al día 23 de septiembre para saber si habrá elecciones?
Más importante que el día 23 de septiembre se antoja la ronda de consultas con el Rey. Tal como se ha explicado, si el Monarca no propone candidato, España se verá –salvo giro de última hora– abocada a la convocatoria electoral. Esto es, no habría que esperar al día 23, a la disolución de las Cortes, para constatar que estaremos llamados a las urnas el próximo 10 de noviembre por cuarta vez en los últimos cuatro años. Por contra, si el Rey encarga a Sánchez ir a la investidura, se sobreentiende que lo hará porque éste tiene los apoyos suficientes para superarla. En tal caso, el día 23 de septiembre operará meramente como límite, a fin de fijar los plazos del pleno de investidura, teniendo en cuenta que la segunda votación se deberá realizar como tarde el día 23.
Las cifras
135 días lleva España con un gobierno en funciones desde que el 28 de abril se celebrasen las elecciones
23-S es el plazo límite para que se disuelvan las Cortes y se produzca la convocatoria de elecciones para el 10-N
✕
Accede a tu cuenta para comentar