Caso Campeón

Blanco sólo «medió» para su amigo, según el Supremo

El ex ministro de Fomento José Blanco
El ex ministro de Fomento José Blancolarazon

El Tribunal Supremo ha archivado la causa contra el ex ministro de Fomento José Blanco, al entender que no incurrió en un delito de tráfico de influencias para que su amigo José Antonio Orozco, vicepresidente de Azkar, lograse la licencia municipal para la construcción de una nave industrial en San Boi de Llobregat. La Sala Penal estima de esta forma el recurso de la defensa contra la decisión del instructor, el magistrado José Ramón Soriano, de solicitar el suplicatorio para juzgarle por ese delito, criterio que apoyaba el fiscal.

La Sala, integrada por Carlos Granados –ex fiscal general en el último Gobierno de Felipe González y que goza de un gran prestigio profesional–, Joaquín Giménez y Andrés Martínez Arrieta –considerados ambos de tendencia «progresistas»– sostiene que Blanco sólo medió para lograr la entrevista entre su amigo y el alcalde, pero que en ningún momento influyó en que se le concediese la licencia cuando anteriormente se le había denegado.

Simple «causalidad»

«La causalidad entre la gestión de la entrevista –mantenida por el empresario José Antonio Orozco y el alcalde de San Boi de Llobregat– y la modificación del sentido de la resolución carece de soporte probatorio en la indagación judicial, pues de la intervención telefónica entre el aforado –Blanco– y el empresario –Orozco–, sólo resulta la gestión de la entrevista, y quienes han intervenido en el expediente han justificado los criterios técnicos empleados en su adopción», es decir, en el cambio de criterio al concederle la licencia, destaca el auto de la Sala.

De esta forma, se concluye que, para el Supremo, el ex ministro no incurrió en ningún delito de tráfico de influencias, ya que su actuación fue sólo la de «mediar para convenir una entrevista entre un alcalde y un particular, sin sugerir, ni ofrecer una alteración de la resolución» finalmente acordada por el consistorio.

En este sentido, los magistrados recalcan que lo único que se ha acreditado en la investigación es que José Blanco solicitó, a través de un secretario de Estado de su ministerio, «que un alcalde, que no tiene competencia directa para la concesión de licencias de funcionamiento industrial de naves, recibiera a un empresario que solita esa entrevista para poner de manifiesto un retraso e la tramitación y unos errores en el expediente que le urge subsanar».

De esta forma, añade la resolución judicial, no existe tráfico de influencias por las «meras solicitudes de información o gestiones amparadas en su adecuación social, interesando el buen de un procedimiento con las que no se pretenden alterar el proceso, objetivo e imparcial, de la autoridad o funcionario que deba tomar la decisión procedente».

Los argumentos de la Sala chocan frontalmente con los sostenidos por el instructor y avalados por el fiscal. En este sentido, el magistrado José Ramón Soriano destacaba la «capacidad de influir del ministro, vicepresidente del Gobierno y alto cargo del Partido Socialista, en una autoridad que pertenece a un partido hermano –el alcalde era del PSC–, habiendo encomendado la realización de los contactos a un secretario de Estado de su Departamento».