Videos
Condena histórica por el atentado etarra contra la casa cuartel de Burgos
La Audiencia Nacional ha condenado a 3.860 años de cárcel a los miembros del Comando Otazua de ETA Daniel Pastor, Iñigo Zapirain y Beatriz Etxebarria por el atentado con una furgoneta bomba contra la casa cuartel de la Guardia Civil de Burgos en 2009, que causó 160 heridos.
La Audiencia Nacional impuso ayer la mayor condena por un atentado de ETA a los integrantes del «comando Otazua» Daniel Pastor, Iñigo Zapirain y Beatriz Etxebarria por el atentado contra la casa cuartel de la Guardia Civil en Burgos en julio de 2009. La sección tercera de la Sala de lo Penal ha condenado a cada uno de ellos a 3.860 años de cárcel por 160 asesinatos en grado de tentativa (tantos como heridos, de ellos 41 niños) y un delito de estragos. A los tres se les aplica la reforma del Código Penal de 2003, impulsada por el Gobierno de José María Aznar, que elevó a 40 años el tiempo máximo de cumplimiento efectivo en prisión para los terroristas reincidentes castigados a penas muy graves.
La sentencia no ahorra calificativos para describir la «magnitud del ataque», en el que los etarras utilizaron 700 kilos de amonal, haciendo hincapié en que la zona más afectada fue la parte trasera del cuartel, «donde estaban las viviendas», normalmente ocupadas por 263 personas, aunque «esa noche de verano no estuvieran todos». Para el tribunal –integrado por los magistrados Alfonso Guevara, Guillermo Ruiz Polanco y Ángeles Barreiro– el objetivo del «comando» era «causar daños a la integridad física de sus ocupantes, sin posibilidad de ejercer defensa alguna». No en balde, la carga explosiva, situada en una furgoneta, estalló a sólo 16 metros de la casa cuartel a las cuatro de la madrugada.
Los efectos de la «aterradora» explosión, acreditados por testigos y peritos durante el juicio celebrado el pasado noviembre, hablan por sí solos: el edificio quedo «derruido por arriba y por abajo» y el cráter que provocó tenía 16 metros de diámetro y 1,8 de profundidad. Se recogieron restos del estallido en un radio de 600 metros. El atentado fue reivindicado por ETA mediante un comunicado a los diarios «Gara» y «Berria» el 9 de agosto de 2009.
La Sala hace hincapié en el «estrés postraumático» que sufrieron muchas de las víctimas (entre las que finalmente se han incluido a los niños que resultaron heridos), que en algunos casos derivó en un cuadro «ansioso-depresivo severo» y en una incapacidad laboral permanente (en estos casos, fija en 200.000 euros el montante de la indemnización). Hubo, incluso, heridos que necesitaron 500 días de baja para recuperarse de las secuelas de la explosión. En el caso de las víctimas con secuelas psíquicas, las indemnizaciones oscilan entre los 30.000 y los 50.000 euros en función de que el trastorno sea leve o moderado.
La Audiencia Nacional condena asimismo a los tres procesados a indemnizar con 15,4 millones de euros a la Dirección General de la Guardia Civil por los daños causados al edificio. Además, deberán pagar otros 39.074 euros a la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León por los desperfectos causados en dos hospitales próximos a la casa cuartel que también resultaron dañados a consecuencia de la explosión. Por último, los tres etarras no podrán acercarse al lugar del atentado durante un periodo de veinte años.
El tribunal considera que la prueba existente contra los procesados es «contundente», pese a que los tres no quisieron declarar durante la vista oral, y da por buenas las «profusas» declaraciones ante la Policía de Zapirain y Etxebarria, en las que dieron, subraya, «muchos detalles de las operaciones».
Los tres etarras suman otras condenas (entre ellas el asesinato del inspector de Policía Eduardo Puelles) antes del alto el fuego de la banda terrorista.
✕
Accede a tu cuenta para comentar