Política

Tribunal Constitucional

El Constitucional paraliza el «trasvase» de funcionarios a la Hacienda catalana

Admite a trámite un recurso del Gobierno contra la desigualdad en el acceso a la función pública

La Razón
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El Tribunal Constitucional ha suspendido cautelarmente la Ley de la Agencia Tributaria de Cataluña al haber admitido a trámite el recurso que presentó contra ella el Gobierno.

El Tribunal Constitucional (TC) –al que el frente soberanista señala como uno de los culpables de la deriva independentista en Cataluña por su sentencia sobre el Estatut de 2010– ha vuelto a cruzarse en el camino de una reforma legislativa del Parlament. El Alto Tribunal ha admitido a trámite un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra el artículo 4 de la Ley 9/2015, de 12 de junio, que reformó la Agencia Tributaria de Cataluña, lo que supone la suspensión cautelar automática del mismo (en principio por un periodo máximo de cinco meses prorrogables) sin necesidad de entrar todavía en el fondo del asunto.

El artículo de la discordia avala el derecho a la integración voluntaria de funcionarios en los cuerpos superiores de inspectores tributarios y de técnicos de gestión tributaria de la Generalitat. Una disposición que, según el Ejecutivo central, vulnera el derecho de los españoles a acceder a la función pública en condiciones de igualdad.

Y es que de ese derecho se benefician dos clases de funcionarios: los destinados en otras administraciones públicas que desarrollan funciones similares, aunque siempre que tengan «destino definitivo en el ámbito territorial de Cataluña», y quienes, llevando a cabo tareas coincidentes, pertenecen a cuerpos y escalas del subgrupo A1 o A2 de otras administraciones pero en el momento de la convocatoria prestan servicios en la Generalitat o en entidades públicas dependientes de ella.

El Gobierno entiende que exigir, para incorporarse a la Agencia Tributaria catalana, que los funcionarios estén destinados de manera definitiva en Cataluña vulnera el derecho de los ciudadanos españoles a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, al primar a quienes están destinados en la comunidad autónoma.

El Constitucional da traslado de la demanda a Gobierno, Congreso, Senado y Parlament para que, en el plazo de 15 días, decidan si se personan en el procedimiento formulando las alegaciones que consideren oportunas.

El TC también ha admitido a trámite el recurso del Gobierno contra la Ley del Parlament que establece un impuesto a las comunicaciones electrónicas, lo que acarrea la suspensión del llamado «impuesto del ADSL». La normativa impone un impuesto sobre «la provisión de contenidos a los prestadores de servicios de comunicaciones electrónicas para el fomento del sector audiovisual y la difusión cultural digital en Cataluña». El Ejecutivo defiende que excede las competencias catalanas al invadir «las competencias estatales que corresponden al Estado en materia de Hacienda», pues la iniciativa se solapa con el impuesto estatal (el IVA) ya aplicable.

Claves del recurso

- Rompe la igualdad

El recurso del Gobierno incide en que la reforma del Parlament vulnera el derecho de los españoles al acceso en condiciones de igualdad a la función pública, al exigir que los beneficiarios estén destinados de forma definitiva en Cataluña.

- Vulnera la Constitución

El Ejecutivo central defiende que la disposición vulnera el artículo 103,3 de la Constitución, que establece que el acceso a la función pública se rija por los «principios de mérito y capacidad».

- Estatuto del funcionario

El Gobierno esgrime además que se incumplen los artículos 55 y siguientes del Estatuto del Empleado Público, que establecen que el sistema de selección de funcionarios será, con carácter general,la oposición y el concurso-oposición.