Delito fiscal

El juez imputa a dos abogados por grabar con un reloj con cámara a la Infanta Cristina

El juez de Instrucción número 11 de Palma ha dado por finalizada la instrucción que investigaba la grabación del vídeo de la comparecencia judicial de la infanta Cristina el 8 de febrero, en el marco del Caso Nóos, y en el que aprecia un posible delito de desobediencia por parte de los presuntos autores.

Los acusados, los abogados Francisco Carvajal Jiménez y María del Carmen Jiménez López, habrían cometido un presunto delito de desobediencia, señala el juez Manuel Penalva en su auto con el que imputa a los acusados y ordena el pase a procedimiento abreviado.

En el escrito ordena que se traslade el auto al Ministerio Fiscal y acusaciones personadas para que soliciten la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de la causa.

El juez señala que los informes de la Policía Científica de Madrid concluyen que varios de los planos que se aprecian en la grabación del vídeo del día de la declaración de la infanta Cristina fueron realizados por la persona que ocupaba la posición de Carvajal en la sala judicial.

Y otros dos planos fueron grabados por la persona que ocupaba el puesto de Jiménez, que también habría podido hacer otros recursos que se aprecian en el vídeo.

El auto destaca que de las diligencias instructoras practicadas se desprende la existencia de indicios de criminalidad contra los imputados al haber desobedecido la orden del juez del caso Nóos, José Castro, que había prohibido expresamente que cualquier persona presente en la sala de declaraciones accediese con dispositivos electrónicos que permitieran la grabación de imágenes o sonido.

Carvajal y Jiménez asistieron a la comparecencia judicial de la infanta en sustitución del abogado Javier Saavedra, personado en la causa en representación de Robert Cockx, entonces imputado en el caso Nóos como supuesto testaferro.

Según el juez, ni una sola de las preguntas realizadas por Castro a la hermana del Rey tenían relación directa con Cockx y llama la atención que fueron dos personas y no una cuando Saavedra no había acudido al resto de declaraciones del caso Nóos.

"De esto se extrae, unido al resto de pruebas incriminatorias, que ambos imputados presuntamente acudieron a la diligencia judicial con la única intención de grabar clandestinamente una declaración que carecería de trascendencia para los intereses de su cliente", señala el escrito.

Se resalta también que los imputados fueron los únicos que adoptaron "una actitud extraña y llamativa", ya que a los pocos minutos de su entrada a la sala, Carvajal se desplazó hasta el penúltimo banco.

Los testigos revelan que los imputados dejaron sus abrigos en los asientos delanteros, que se aprecian en las grabaciones, a riesgo de arrugarlos o molestar a las personas sentadas delante, con la supuesta intención de ocultar algún dispositivo de grabación.

El juez precisa que el dispositivo presuntamente utilizado para la grabación, "bolígrafo, reloj, corbata o pin, hubiera eludido el control policial", ya que no se hacía un "análisis exhaustivo de dispositivos".

Además, se destaca que Carvajal se paseó días antes de la declaración por las dependencias judiciales, con lo que podría haber dejado algún dispositivo en la sala.

Los testigos señalan de Jiménez se movía constantemente y que se quitó de la muñeca un reloj negro, grande y deportivo un par de veces levantándolo por encima del banco en el que estaba sentada.

El auto concluye que ella sería la autora de los planos grabados a partir del minuto 13 de la declaración de la infanta, y que Carvajal, por su ubicación, del inicio.

El juez Penalva abrió en febrero del año pasado una pieza para investigar el registro del vídeo grabado durante la declaración de doña Cristina, que se difundió a través Wouzee, una página de Internet en la que cualquier usuario puede colgar contenidos.

Esta resolución no es firme y contra ella cabe interponer un recurso de forma en el plazo de tres días o de apelación en cinco.