Fuerzas Armadas
El nuevo Código Penal Militar incluye el acoso sexual e iguala las sanciones a todos los rangos
El Gobierno aprueba el anteproyecto de Ley, que se aplicará a la Guardia Civil sólo en el ámbito de sus competencias castrenses
El Gobierno ha visto hoy el anteproyecto de Ley Orgánica de Código Penal Militar, que simplifica las penas y las adecúa al Código Penal, y que recoge como delitos el abuso de autoridad, trato humillante y el acoso sexual.
Inclusión del acoso sexual como delito e igualdad penal entre los militares independientemente de su rango. Éstas son las principales novedades del anteproyecto de Ley Orgánica del Código Penal que ayer contó con el visto bueno del Gobierno y que, principalmente, busca simplificar y adecuar las penas al Código Penal ordinario. El nuevo texto, que sustituye al de diciembre de 1985, hace referencia también a los miembros de la Guardia Civil, a quienes se aplicará únicamente en el ámbito de sus competencias militares, tal y como explicó ayer el ministro de Defensa, Pedro Morenés, en la rueda de Prensa posterior al Consejo de Ministros.
Otras de las novedades de esta Ley es, tal y como explicó Morenés, la ampliación de las conductas incriminatorias por abuso de autoridad y la introducción de trato humillante, amenazas, coacciones, injurias y calumnias, y la discriminación.
Tal y como explicó el ministro, se hacía necesaria esta modificación para adecuar el Código Militar a los nuevos tiempos y a la realidad, además de obedecer con ella a los acuerdos internacionales firmados por España en materia de derechos humanos o en la inclusión de nuevas figuras delictivas. La nueva ley, que reduce de 197 a 88 sus artículos, cuenta con una parte dedicada a disposiciones generales y otra a tipificar los delitos y sus penas, que serán graves y menos graves.
En concreto, Morenés explicó que los tipos de delitos que se contemplan se reducen de nueve a seis: contra la defensa y seguridad nacionales (traición y espionaje, revelación de secretos, ultrajes a España , injurias a la organización militar...); contra la disciplina (sedición militar, insulto a superior, desobediencia y abuso de autoridad); relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas por los militares; contra los deberes del servicio (cobardía, deslealtad, contra los deberes del mando, omisión de servicio...; contra la Administración de la Justicia Militar y contra el patrimonio en el ámbito militar (hurto, robo, apropiación indebida o daños en el equipo reglamentario o materiales). También se incorporan como novedad una serie de delitos contra el patrimonio que se encuentran tipificados en el Código Penal y que sean cometidos por un militar en instalaciones militares, buques, aviones o campamentos.
La base sobre la que se articula todo el texto es el concepto de delito militar, que va más allá de los definidos específicamente como tales y abarca también las conductas que infringen bienes jurídicos estricta o esencialmente militares incriminados en la legislación penal común. Además, se incorpora la pena de multa para determinados delitos, se determina el lugar de cumplimiento (en un establecimiento penitenciario militar) y las especialidades en conflicto armado.
Junto a todo esto, el nuevo Código Penal, que ahora será remitido al Consejo de Estado para su estudio antes de llegar a las Cortes, también faculta a los tribunales para reducir la pena mínima de prisión de tres meses y un día en uno o dos grados sin que ésta pueda ser inferior a dos meses y un día. La intención es diferenciarla de la sanción máxima prevista en el Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, que es de dos meses de arresto.
Tal y como recalcó Morenés, el anteproyecto cuenta con el visto bueno del CGPJ, que en octubre consideró «correcta» la inclusión de delitos comunes como los atentados contra la libertad sexual y el acoso. Eso sí, consideraba que «la circunstancia de obediencia debida debería desaparecer».
Una ley adaptada a la realidad
- Incluye delitos como los atentados contra la libertad sexual y el acoso
- Será de aplicación a la Guardia Civil sólo en el ámbitos de sus competencias militares.
- Reduce de 9 a 6 los tipos de delitos.
- Incluye un nuevo título que castiga los delitos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas de los militares
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