Tribunal Constitucional
El TC, por unanimidad, rechaza suspender la prisión provisional de Oriol Junqueras
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad rechazar la petición del recurso de amparo presentado por Oriol Junqueras en el que solicitaba la suspensión de la prisión provisional acordada por la Sala Penal del Tribunal Supremo
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad rechazar la petición del recurso de amparo presentado por Oriol Junqueras en el que solicitaba la suspensión de la prisión provisional acordada por la Sala Penal del Tribunal Supremo. El auto, que acepta los argumentos del Ministerio Fiscal, señala que “acceder a la petición equivaldría –con independencia del alcance y efectos de una eventual sentencia estimatoria en este recurso-, al otorgamiento anticipado del amparo solicitado”.
Tras las alegaciones presentadas por el recurrente respecto a su derecho de defensa, que se vería mermado por la situación de prisión provisional, el auto explica que “la carga alegatoria que corresponde a la parte recurrente aparece incumplida en cuanto se limita a poner de manifiesto meros inconvenientes y no un perjuicio real para el ejercicio de este derecho fundamental”.
Con respecto de la pretensión subsidiaria relativa al acercamiento del recurrente a su domicilio familiar, los magistrados argumentan que “esta solicitud de acercamiento del recurrente a su domicilio familiar supone una pretensión nueva, imprejuzgada y que nada tiene que ver con el objeto principal del recurso de amparo, que es única y exclusivamente valorar el ajuste constitucional de las medidas cautelares de prisión provisional que mantienen las resoluciones judiciales impugnadas”.
De esta manera, el TC resuelve sobre la providencia que admitió a trámite el recurso de amparo de Junqueras en el pasado Pleno, celebrado el día 8 de mayo, al apreciar que concurría una especial trascendencia constitucional al plantearse un problema que afecta a una faceta de un derecho constitucional sobre el que no hay doctrina en este Tribunal.
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