Tribunal Constitucional
El TC suspende tres leyes catalanas, incluido el impuesto a los pisos vacíos
Las normas quedan suspendidas de forma cautelar
El Constitucional admite a trámite los recursos del Ejecutivo y suspende de forma cautelar la normativa sobre los pisos desocupados, la ley de igualdad entre hombres y mujeres y la que regula la actividad de los gobiernos locales en Cataluña.
El Gobierno en funciones ya anunció que no dejaría pasar ninguna ley emanada de un parlamento autonómico que vulnerase la Constitución. Y ayer mismo, el Tribunal Constitucional admitía a trámite los tres últimos recursos interpuestos por el Ejecutivo de Mariano Rajoy contra otras tantas leyes del Parlament. Estas decisiones se producen pocos días después de la reunión mantenida entre Mariano Rajoy y el presidente del Ejecutivo catalán, Carles Puigdemont.
Las leyes recurridas y que quedan suspendidas de forma inmediata por un plazo inicial máximo de cinco meses, se refieren a la creación de un impuesto sobre las viviendas vacías en Cataluña; la ley de «igualdad efectiva entre hombres y mujeres»; y la relativa a la simplificación de la actividad administrativa de la Generalitat y los gobiernos locales. En las tres leyes impugnadas, el Gobierno central considera que el Parlamento catalán ha invadido competencias estatales.
En relación con la imposición de un impuesto a las viviendas, la Cámara catalana estima que ese tributo es propio de la Generalitat de Cataluña, de naturaleza directa y que grava el incumplimiento de la función social de la propiedad de la vivienda por el hecho de permanecer desocupadas de forma permanente. El Gobierno, en cambio, sostiene que esta misma materia ya está gravada por el Impuesto de Bienes Inmuebles. Por ello, considera que esa ley catalana es contraria al orden constitucional de distribución de competencias establecido en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, por su colisión con el IBI, ya que regula el mismo hecho imponible e invade la competencia de desarrollo reglamentario del Estado.
En cuanto a la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres en Cataluña, el Ejecutivo de Rajoy recurrió 11 artículos. En algunos casos, porque la materia en cuestión ya estaba regulada por el Estado a través de la correspondiente ley orgánica –como lo relativo a a la prevención del acoso sexual pro razón de sexo en las empresas–; en otros, porque regula competencias estatales; e incluso porque se llega a vulnera la libertad sindical, cuando se regula la figura del responsable sindical de igualdad en las empresas.
Por último, en relación con los gobiernos locales de Cataluña, el Ejecutivo recurrió al TC el precepto que regula el procedimiento de constitución de las entidades municipales descentralizadas, por entender que es contraria a la Ley de Bases del Régimen Local en lo que se refiere a la constitución de ámbitos territoriales inferiores a los municipios.
Por su parte, Puigdemont anunció ayer que impulsará una nueva ley catalana con la que se quiere dejar «sin efectos prácticos» el recurso al TC por parte del Gobierno de la ley de pobreza energética y emergencia habitacional.
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