Barcelona

El TS separa del servicio a un funcionario que vendía droga en prisión

El Tribunal Supremo ha confirmado la separación del servicio a la que fue sancionado un funcionario de la prisión Quatre Camins de La Roca del Vallés (Barcelona) por vender droga y teléfonos móviles en prisión, que cobraba en la calle a cambio de dinero y estupefacientes.

El Tribunal Supremo ha confirmado la separación del servicio a la que fue sancionado un funcionario de la prisión Quatre Camins de La Roca del Vallés (Barcelona) por vender droga y teléfonos móviles en prisión, que cobraba en la calle a cambio de dinero y estupefacientes.

En una sentencia la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal rechaza el recurso del funcionario contra la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que confirmó la resolución de la consellera de Justicia de la Generalitat, que le impuso en 2008 la sanción de separación del servicio.

El Supremo explica que la resolución de la Generalitat relataba cómo el funcionario había vendido droga y teléfonos móviles a los internos según confesaron estos, algunos de los cuales comentaron que se le conocía con el apodo del "coca cola".

Subraya que el funcionario ocupaba un puesto de trabajo de "genérico interior y que tenía la obligación de garantizar la seguridad así como de perseguir y evitar que en el centro penitenciario se cometiesen hechos como los denunciados".

Relata que un interno señaló que las entregas las hacía el propio funcionario y que se le pagaba en el exterior con cocaína y otras drogas porque el condenado era consumidor y cliente de diversos prostíbulos propiedad de su tío, y que había visto cómo había vendido droga a otros presos.

El tribunal destaca que el subdirector de Interior del centro penitenciario explicó la forma de actuar del condenado, "señalando que cobraba en la calle en dinero o cocaína, pasando al interior los objetos ilícitos prohibidos".

Además, el subdirector de Interior puso de relieve la reticencia que hay entre los internos para denunciar este tipo de hechos cuando son cometidos por funcionarios por cuanto tienen miedo a represalias.

La resolución descarta el argumento del condenado de que hubiera existido un intento de la Administración penitenciaria de implicarle en una trama de tráfico de drogas.

Para el tribunal no se han producido las supuestas amenazas, coacciones o sobornos con posibles beneficios penitenciarios a los presos, recuerda que el subdirector de Interior negó tales métodos coactivos, engañosos y torticeramente interesados y concluye que el sancionado no ha sufrido vulneración del derecho de defensa alguno durante el procedimiento.