Juan María Atutxa
Estrasburgo condena a España por privar a Atutxa de defenderse ante la Justicia
Los jueces de Estrasburgo no entraron en el fondo de la condena a inhabilitación, sino en la cuestión de que los tres demandantes no fueron escuchados en una vista por el Supremo
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó hoy a España por privar al expresidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa de defenderse en una vista al ser juzgado por el Tribunal Supremo por no ilegalizar en 2003 al grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak.
El Tribunal de Estrasburgo condenó hoy a España por privar al expresidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa de defenderse en una vista antes de ser condenado a inhabilitación por el Tribunal Supremo por no ilegalizar en 2003 al grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak.
La Corte europea otorgó una indemnización de un euro a cada uno de los tres demandantes (además de Atutxa, los exmiembros de la mesa del Parlamento Kontxi Bilbao y Gorka Knörr, también condenados, al igual que él, por el Supremo) por daños morales como habían reclamado, y 600 euros para los tres por gastos y honorarios.
Los jueces de Estrasburgo no entraron en el fondo de la condena a inhabilitación, sino en la cuestión de que los tres demandantes no fueron escuchados en una vista por el Supremo.
Los jueces europeos dijeron que se vulneró su derecho a un juicio justo, debido a que "las cuestiones que debían ser examinadas por el Tribunal Supremo necesitaban la apreciación directa del testimonio de los demandantes".
También entienden que el Supremo "llegó a su conclusión por deducción, sin escuchar a los interesados, que no tuvieron la oportunidad de exponerle las razones por las cuales negaban haber tenido una intención fraudulenta".
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos comparó en la sentencia la actuación del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que absolvió a los demandantes tras escucharles, y la del Supremo, que basó su condena en "circunstancias subjetivas", sin celebrar una vista.
El Supremo les condenó en 2008 a 18 meses de inhabilitación y 18.000 euros de multa por un delito de desobediencia al propio Supremo, a causa de su negativa abierta y directa a obedecer decisiones judiciales y disolver al citado grupo parlamentario.
La Junta de Portavoces de la Cámara de Vitoria había rechazado en junio de 2003 la resolución para proceder a la disolución de Sozialista Abertzaleak.
El Tribunal Constitucional se pronunció en los mismos términos que el Supremo, aunque contó con el voto particular de tres magistrados, que entendieron que se había vulnerado el derecho de los demandantes a un juicio justo.
El sindicato Manos Limpias ejerció de acusación popular en todo el proceso.
El Gobierno tiene ahora tres meses de plazo para solicitar que la Gran Sala de 17 jueces de la Corte europea reexamine el caso. Efe
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