Papel
Fijar techos competenciales
Cuando el constituyente creó las comunidades autónomas buscaba dar satisfacción a determinadas reivindicaciones territoriales históricas y acercar la gestión de servicios básicos al ciudadano. Ante lo desconocido e imprevisible de lo que debía venir , la regulación de las comunidades fue difusa e indeterminada. Tras 37 años de vigencia de la Carta Magna se hace necesario realizar una valoración de lo que ha sido el fenómeno autonómico y si es necesaria su reformulación.
La inmensa mayoría de los españoles estaríamos de acuerdo en las bondades del sistema actual, si bien adolece de algunos defectos. Las aspiraciones de algunos se han visto agrandadas y reformuladas, y la gestión cercana, pese a conseguirse, se ha convertido en algunos aspectos en excesiva burocratización y regulación contradictoria. En todo caso, una reforma constitucional debe afrontarse con un consenso semejante al que hubo en el 78 entre partidos políticos y ciudadanos.
La regulación actual fija de modo impreciso las competencias que le son propias al Estado y elabora un catálogo de competencias asumibles por las comunidades, en algunos casos concurrentes, ya sea por completo o de modo parcial. Cualquier reforma debiera contener de manera clara y cerrada las competencias estatales, materias esenciales como Defensa, Justicia, Seguridad Social, relaciones internacionales, economía. Dichas competencias se ejercerían con exclusividad por el Estado en todo el territorio y sin participación autonómica. Por ejemplo, no es tolerable la existencia de múltiples sistemas informáticos en Justicia, absolutamente incompatibles entre ellos. Junto a éstas, debiera haber otras competencias en las que el modelo unitario, principios rectores y regulación básica fuera fijada por el Estado y ejecutada o gestionada por las comunidades. Competencias como Educación, Sanidad o universidades no pueden tener 17 modelos diferentes, al igual que 17 sistemas sanitarios con diferentes calendarios vacunales. Por último habrá otras competencias que puedan ser asumidas directamente por las comunidades, en las que el Estado se reserve solamente la alta inspección o un mero control homogeneizante. En definitiva, se trata de fijar los techos competenciales sin discrepancia interpretativa; debe garantizarse la gestión estatal de las competencias propias de manera idéntica en toda España. Indiscutiblemente, las singularidades históricas, derecho foral o lengua cooficial deben ser tenidos en cuenta para preservarse y potenciar su conocimento en todo el país. .
Además, en una reforma constitucional debiera valorarse si la reproducción de la estructura del Estado en cada territorio es beneficioso al ciudadano o resta recursos al servicio publico; posiblemente en determinadas funciones unos mismos organismos puedan prestar servicio a todas las comunidades, como Defensor de Pueblo, Tribunal de Cuentas, consejos consultivos y similares. Con respeto a los tradicionales e históricos.
Finalmente sería conveniente que la propia Constitución fijara las comunidades autónomas existentes, debiéndose reflexionar sobre si es preciso crear alguna otra o unificar las existentes en otras, o qué provincias o comarcas puedan pasar de una a otras.
*Portavoz de la Asociación de Fiscales
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