"Procés"

El jefe de gabinete de Puigdemont rechaza que se atribuya una muerte a Tsunami por el bloqueo del Prat

La defensa de Alay lo achaca a "una fatal cardiopatía" y pide aclarar si se trasladó a Francia la existencia de una posible víctima del terrorismo de nacionalidad gala

El historiador Josep Lluis Alay
Josep Lluís Alay (segundo por la izda.) en una comparecencia judiciallarazon

La investigación por terrorismo a Carles Puigdemont en la causa de Tsunami Democràtic en la que está imputada, entre otros, la secretaria general de ERC, Marta Rovira, ha puesto en guardia al independentismo ante lo que consideran un dique judicial a la futura ley de amnistía. Y más desde el momento en el que el instructor del procedimiento, el magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón, vincula una de las acciones de protesta de esta plataforma, la toma del aeropuerto del Prat en octubre de 2019, con la muerte de un ciudadano francés que falleció de un infarto durante el bloqueo de las instalaciones aeroportuarias.

No en vano, en la resolución en la que señala al expresidente de la Generalitat por su supuesto "rol de liderazgo" en Tsunami, el instructor hace hincapié en que esos "altercados y disturbios" ocasionaron "una alteración grave de la paz pública", señalando que "no se puede minimizar el impacto que tuvo" esa ocupación del aeropuerto "para la vida e integridad de las personas", al tiempo que recordaba que en el marco esa acción "se produjo el fallecimiento de una persona". En una jornada, añade, "con un resultado de 125 heridos de diversa consideración contabilizados por el Servicio de Emergencias Médicas, ascendiendo igualmente a 47 el número de policías heridos, tanto en El Prat, como en otros puntos de Cataluña durante esta jornada de protesta".

Una investigación por terrorismo, vinculada con el fallecimiento de una persona, que previsiblemente complicaría el aval de la Justicia europea a la amnistía de los encausados en este procedimiento, entre los que también se encuentra el jefe de gabinete de Puigdemont, el historiador Josep Lluís Alay.

"Obligaciones estatales"

Precisamente el abogado de Alay ha salido al paso de esa conclusión del magistrado en un escrito en el que insta a García Castellón a acreditar si, ante la existencia de una posible víctima del terrorismo, puso en marcha los preceptivos mecanismos de cooperación judicial ante la Justicia francesa para ofrecer a la familia del ciudadano galo la posibilidad de personarse en la causa como acusación particular.

"No puede existir un procedimiento por presunto delito de terrorismo en el que además se vincule esos hechos con el fallecimiento de una persona y que, al mismo tiempo, no se hubiese cumplido, en más de cuatro años" -se queja-, con las "obligaciones estatales" que impone respecto de una presunta víctima de un delito de terrorismo, recalca, el artículo 26 de la directiva 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017 relativa a la lucha contra el terrorismo "

La defensa de Alay, que ejerce el letrado Gonzalo Boye, reclama al juez una copia de "las diligencias practicadas" en cumplimiento de esa directiva y, "en caso de no haberse actuado conforme al derecho de la Unión que se proceda, con carácter de urgencia, a cumplimentar dicha obligación mediante los instrumentos de cooperación jurídica establecidos entre estados miembros".

"Una fatal cardiopatía"

El abogado de Puigdemont asegura desconocer "desde cuando el Código Penal" o la citada directiva "conceptúan como de etiología terrorista una fatal cardiopatía".

"Resulta inimaginable pensar que cuando han pasado ya más de cuatro años de los sucesos que, supuestamente, se estarían investigando como delito de terrorismo no se hubiese actuado conforme al Derecho de la Unión porque de ser así", señala, la existencia de este procedimiento y la forma de tramitarlo "nos estaría arrastrando a un procedimiento de incumplimiento con las consecuencias que ello tendría para el derecho de la Unión y la imagen de la Justicia en su conjunto".

En su resolución, García Castellón precisa no obstante que la investigación "deberá determinar la relación entre el fallecimiento de la persona referida" y el bloqueo del aeropuerto de Barcelona por Tsunami Democràtic, "debiendo concretarse si esta muerte recogida en los medios de comunicación resulta objetivamente imputable a los responsables de la organización". Y añade que "deberá investigarse los lesionados, con el correspondiente ofrecimiento de acciones", esclareciendo si esas heridas "resultan igualmente imputables a los responsables de la organización investigados". El magistrado cifra en casi 1,8 millones de euros el coste del perjuicio económico causado en El Prat por la invasión del aeródromo.