
Tribunales
El juez rechaza la petición de Leire Díez de anular como prueba los audios de Stampa y Hamlyn
La exmilitante socialista reclamó que no fueran tenidos en cuenta en el caso, pero el instructor les da validez
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El juez que investiga a Leire Díez rechaza no tener en cuenta como prueba los audios que aportaron Ignacio Stampa y "El Confidencial" de las reuniones que el fiscal y el empresario Alejandro Hamlyn mantuvieron con la bautizada como "fontanera del PSOE".
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En ellos, la exmilitante socialista les habría ofrecido ventajas -laborales a Stampa y un pacto con la Fiscalía al empresario-, a cambio de informaciones comprometedoras sobre Anticorrupción y la UCO que investigan los casos que salpican a la formación socialista.
El magistrado Arturo Zamarriego resuelve en un nuevo auto, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, que sobre "la pretensión de nulidad de la fuente de prueba derivada de las grabaciones aportadas no procede, en este momento, emitir un pronunciamiento".
Basándose en jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, entiende que "el momento oportuno para la alegación y el análisis" de si los audios pueden ser tenidos en cuenta como prueba "cabe situarlo en la fase de juicio oral, mediante el planteamiento de cuestiones previas". Y no en la actual fase de instrucción en que se halla el procedimiento.
Además, el titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Madrid adelanta que "deberán valorarse las circunstancias concretas en que se produjeron las grabaciones, cuyo tratamiento deberá realizarse mediante prueba pericial" por parte de la unidad policial pertinente.
"Existe una imposibilidad de adelantar aisladamente valoraciones sobre validez y eficacia de algunos de los medios" que lo integran, y, en consecuencia, "se corre el riesgo de (dar) respuestas incompletas y soluciones excluyentes", acaba señalando al respecto en la resolución.
Fue el pasado 17 de noviembre cuando Díez solicitó al juez que la investiga por delitos de tráfico de influencias y cohecho que se sacasen fuera de la causa las grabaciones de las reuniones aportadas, alegando que con ellas se habría incurrido "en una intromisión ilegítima" en sus derechos fundamentales "al honor, la intimidad y a la propia imagen".
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