Caso Nóos
La Abogacía del Estado no ve delito fiscal en la actuación de la Infanta
Reprocha a la Audiencia «errores de interpretación» del informe de Hacienda
La Abogacía del Estado no cree que la Infanta Cristina haya cometido delito fiscal alguno, como insinuaba hace unos días la Audiencia Provincial de Palma en el auto en el que dejaba sin efecto la imputación de la hija del Rey. En un escrito remitido ayer mismo al juez José Castro, instructor del «caso Nóos», los Servicios Jurídicos del Estado apuntan que algunas de las afirmaciones de la Sala se sustentan en «errores de apreciación o interpretación» del informe de Hacienda, todavía provisional, que imputa a Iñaki Urdangarín tres delitos fiscales. En todo caso, para la Abogacía a la Infanta no se le puede considerar –«por el sólo hecho de ser socio no administrador» de Aizoon– cooperadora de los delitos fiscales que el juez imputa a su marido. Para ello, recuerda, «se requiere una previa participación consciente dirigida a la defraudación a la Hacienda Pública», que en su opinión no se da en el caso de Doña Cristina.
La Abogacía del Estado recuerda que el pasado enero la Agencia Tributaria puso en conocimiento del juez Castro «las sospechas que tenía sobre la existencia de delitos contra la Hacienda Pública», para que la investigación se culminara por el magistrado, instándole a realizarla «de forma inmediata» dado que, al finalizar el próximo mes de junio, los delitos fiscales de 2007 iban a prescribir.
En su escrito, los Servicios Jurídicos del Estado recuerdan que Hacienda que uno de los delitos se refiere al Impuesto de Sociedades del Instituto Nóos y otros dos a las declaraciones de la Renta de Urdangarín (por facturar ingresos como asesor de varias empresas a través de Aizoon). Respecto a estos últimos, de los que la Audiencia apuntaba que podían imputarse también a la Infanta, la Abogacía subraya que «resultaba claro, de lo comprobado en vía administrativa, que esa ganancia no podía imputarse» a la empresa que los duques de Palma comparten al 50%, sino «que era claramente un rendimiento generado» por Urdangarín, «con quien las entidades habían contratado para que realizara esa labor de asesoramiento con carácter personalísimo».
Para la Abogacía, la Audiencia Provincial incurre en inexactitudes que deben ser «esclarecidas». «No es cierto», dice, que Hacienda haya imputado sólo a uno de los socios, el duque de Palma, los ingresos de Aizoon, y recalca que la Agencia Tributaria «no ha levantado ningún velo de Aizoon» ni tampoco ha dicho, como apuntó la Audiencia de Palma, «que esta sociedad había sido constituida con finalidad defraudatoria».
A Urdangarín se han imputado, añade, aquellos ingresos procedentes de sus actividades de asesoramiento como miembro de consejos de administración. «Fue él quien, con contrato o sin contrato escrito, desarrolló esta actividad». Es «notorio» que Doña Cristina, subraya, «no desempeñó estas labores de consejero/asesor de multinacionales».
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