Caso Bárcenas
Bárcenas actuó sin «intervención o interferencia» de sus superiores
La Audiencia cree que los ex tesoreros del PP Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta actuaron sin "intervención o interferencia"de sus superiores, y entiende que no hay indicios para imputar en relación a la caja B al presidente Mariano Rajoy, a María Dolores de Cospedal, o a sus antecesores.
La Audiencia Nacional ha vuelto a rechazar la imputación del presidente del Partido Popular, Mariano Rajoy, su secretaria general, María Dolores de Cospedal, y sus antecesores en el cargo Ángel Acebes y Francisco Álvarez Cascos. Los socialistas valencianos solicitaban que se actuara contra Cospedal y Acebes, mientras que IU y Manos Limpias lo extendían también a Rajoy. Con esta decisión, la Audiencia confirma la resolución que adoptó el entonces instructor de la causa, Pablo Ruz, por lo que, en relación con la supuesta contabilidad B del PP se sentarán exclusivamente en el banquillo los ex tesoreros del partido Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta, el ex gerente Cristóbal Páez, los socios del estudio de arquitectura Unifica, Gonzalo Urquijo y Belén García, y su empleada Laura Montero, todo ello, relacionado con el pago de la reforma efectuada en la sede central del PP de Madrid.
Los magistrados Ángela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel no aprecian indicios de que ninguno de los que las acusaciones pretendían también que se actuara penalmente contra ellos tuviesen relación alguna con las presuntas actividades ilícitas de los ex tesoreros. Y es que, afirma la Sala al respecto, los «particulares comportamientos» que pudieron tener Bárcenas y Lapuerta como ex tesoreros del PP, «en cuya órbita y conforme a sus funciones pudieron llevar a cabo las presuntos conductas penales» que se investigan en este procedimiento, las realizaron «sin intervención o interferencia de terceros ajenos a ellos», es decir, de sus superiores.
Así, respecto a Acebes –quien declaró como imputado y posteriormente se le retiró esa condición–, la Sala afirma que no hay indicios que sostengan que pudo incurrir en ninguna acción delictiva por estos hechos. «Una cosa es que como secretario general sea conocedor de que se van a acometer unas obres de reforma en la sede central del Partido Popular y de que las mismas sean autorizadas, y otra muy distinta que esté al corriente de la fórmula que se diseñó para el pago y otros pormenores, presuntamente delictivos».
En cuanto a la pretensión del PSOE de que se elevara al Tribunal Supremo una exposición razonada por entender que había indicios de que podía haber podido incurrir en delito, ya que, dada su condición de secretaria general debía conocer la existencia de una supuesta caja B, los magistrados recuerdan que Ruz no encontró ningún indicio contra ella: «Es claro que no ha encontrado indicios sólidos ni principio de prueba alguna» contra Cospedal, «contrariamente a lo afirmado» por las acusaciones.
Respecto a la petición de Manos Limpias de que se imputase también, además de Acebes y Cospedal, a Mariano Rajoy y a Francisco Álvarez Cascos, por considerarles «al menos» cómplices, encubridores o cooperadores necesarios en los delitos imputados a Bárcenas y Lapuerta, la Sala rechaza de plano tal pretensión. De hecho, añade en este punto, esa posibilidad ni siquiera «ha sido barajada por el magistrado instructor, que llamó a declarar a los sucesivos secretarios generales del Partido Popular en calidad de testigos».
En esta línea, inciden los magistrados, en los hechos presuntamente delictivos que se imputan a Bárcenas y Lapuerta no se deriva una «presunta responsabilidad penal de determinados cargos en la estructura del partido», por el mero hecho de ostentarlos.
Es decir, esos comportamientos presuntamente delictivos de esos dos ex tesoreros del PP fueron realizados sin«intervención o interferencia» de los secretarios generales del partido y menos de su presidente, Mariano Rajoy.
✕
Accede a tu cuenta para comentar