Caso Can Domenge
La Fiscalía pedirá que se confirmen los seis años de cárcel para Munar
Cree que influyó en la «torticera» venta de un local del Consell
Controló «íntegramente la operación» de venta del solar público de Can Domenge, uno de los activos públicos más importantes que tenía el Consell de Mallorca, los demás acusados «a su iniciativa y bajo su supervisión», y, por tanto, la responsable directa de la información privilegiada que se facilitó a la empresa adjudicataria por un cantidad inferior al mitad del precio de mercado, con el consiguiente perjuicio para las arcas públicas en varios millones de euros. Y todo ello, mediante un procedimiento que, «a todas luces», no era el procedente. Éste es uno de los argumentos que esgrime la Fiscalía del Tribunal Supremo para solicitar que se confirme la pena de seis años de cárcel que la Audiencia de Palma de Mallorca impuso a la ex presidenta del Consell de Mallorca María Antonia Munar por los delitos de prevaricación, fraude y revelación de información confidencial, y que fue la que provocó su inmediato ingreso en la cárcel. El próximo miércoles se celebrará en el Supremo la vista del recurso contra esta sentencia, por la que también se condenó al ex vicepresidente del Consell Miquel Nadal a cuatro años de prisión; a un año de cárcel al empresario Román Sanahuja, que pagó un soborno para ganar el concurso de adjudicación de los terrenos; a un año al ex conseller de Economía Miquel Àngel Flaquer; a un año y medio al abogado Santiago Fiol, y a ocho meses al ex conseller de Territorio Bartomeu Vicen –quien llegó a un pacto con el fiscal para reconocer los hechos e imputar, con su declaración, a los demás acusados–, respecto a los cuales solicita igualmente que se confirmen esas penas.
En el informe de cien folios del fiscal Álvaro Redondo, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, se destaca que Munar ejerció «toda su gran influencia, derivada de su notable posición directiva en el ámbito de su actuación» para que se facilitara a la empresa adjudicataria esa información, una incitación que, añade el fiscal, fue «intensa y adecuada», y para que se llevara a cabo finalmente la «torticera acción sugerida». Y, sobre todo, Munar actuó de modo que «se limitara el precio máximo de enajenación, a los efectos de asegurar su propia competencia en orden a conceder la improcedente autorización administrativa».
Uno de los aspectos más destacados del dictamen del fiscal es su valoración sobre todo este proceso de venta del citado solar, para que, finalmente, se adjudicara a una empresa previamente decidida: «La modalidad elegida por los acusados, consistente en hacer partícipe de sus torpes deliberaciones a los directivos de la mercantil favorecida, haciéndole llegar información paulatina y periódica de sus inicuos pasos, en el contexto del "iter criminis", constituye una interesante forma de delinquir».
Respecto al ex consejero Miquel Nadal, la Fiscalía destaca que quedó acreditado que transmitió, a través del abogado de la empresa beneficiaria, consistía en «las exigencias y notas del pliego concursal, el cual no había sido elaborado conjuntamente con la empresa, sino de común acuerdo por los acusados».
La Audiencia de Mallorca llegó a la conclusión de que la menor valoración de la parcela posibilitaba que pudieran exigir a alguno de los concursantes o licitadores «una eventual comisión como condición para la adjudicación, para su beneficio -de María Antonia Munar- o el de su partido, Unió Mallorquina»
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