Córdoba
La Junta ya admitía en 1991 que la mezquita era titularidad de la Iglesia
El Gobierno de Chaves dejaba en manos del Cabildo la «custodia y mantenimiento» del monumento
Pese a las dudas que sigue sembrando la Junta de Andalucía sobre la posibilidad de expropiar la mezquita catedral de Córdoba a la Iglesia católica –con encargo incluido de un informe jurídico para analizar la viabilidad de esta propuesta–, un convenio de hace nada menos que 23 años ya reconocía la titularidad del monumento al Cabildo Catedralicio de Córdoba. En concreto, se trata de un acuerdo firmado el 19 de diciembre de 1991 por el entonces consejero de Cultura y Medio Ambiente de la Junta, Juan Manuel Suárez Japón, y el deán del Cabildo de la catedral, Alonso García Molano, para la «conservación, mantenimiento, custodia y mejor cumplimiento de la función social de la catedral, antigua mezquita». Pues bien, en el citado convenio ambas partes acuerdan «proseguir en esta línea», que no es otra que «el Cabildo de la S.I. catedral, como titular del monumento, viene desempeñando los deberes de conservación, mantenimiento y custodia en los términos exigidos por la ley 16/1985 de 25 de junio, del Patrimonio Histórico español».
El acuerdo contradice, además, uno de los principales argumentos que los defensores de la campaña esgrimen para expropiar un templo en el que lleva celebrándose el culto católico desde el siglo XIII, que no es otro que el peligro de deterioro del monumento. Los promotores de la iniciativa piden que intervengan «las administraciones públicas» y «la Unesco con el fin de preservar del peligro que corre su declaración como Patrimonio Mundial». Y es que, según la Ley de Patrimonio Histórico, «para la expropiación de estos bienes sólo se considera causa legítima la existencia de un peligro de destrucción o deterioro o un uso incompatible con sus valores». Sin embargo, el acuerdo de la Junta que por entonces presidía el socialista Manuel Chaves recogía «la redacción» y la «ejecución de las obras correspondientes» de dos proyectos de restauración de la mezquita: la segunda fase de la restauración de la torre y de la capilla del Inca-Garcilaso.
«Gastos de mantenimiento»
No había lugar a dudas, entonces, –ni tampoco en 1996, cuando la Iglesia inmatriculó el templo– sobre la titularidad pública de la catedral, que la Junta atribuía sin problemas al Cabildo, que debía asumir «los gastos de mantenimiento y custodia de la catedral», así como «del personal necesario para el culto y visita al monumento y otras necesidades e imprevistos». En este plan se incluían hasta seis actuaciones que debía llevar a cabo la Iglesia para garantizar la «adecuada protección y conservación de este importante monumento», tales como «la retribución al personal necesario para mantener la vigilancia y buen funcionamiento del monumento y sus servicios» o la «limpieza y gastos de consumo de energía eléctrica».
La mezquita catedral de Córdoba, en parte gracias a este convenio, no ha presentado duda alguna sobre su estado de conservación y ha cumplido escrupulosamente los criterios de libre acceso reclamados por la Junta. Y es que, gracias a este acuerdo, se impulsaron «proyectos de restauración de los Bienes Inmuebles de Interés Cultural (BIC), o incluidos en el inventario general del Patrimonio Histórico Andaluz», y se dejó claro que correrían a cargo del Cabildo «todos los gastos de funcionamiento» de la catedral.
Además, este convenio firmado en el año 1991 –de «naturaleza administrativa», con vigencia mientras no fuera denunciado por alguna de las partes y que contaría con el seguimiento de una ponencia técnica mixta entre la Junta y los obispos de la Iglesia– incorporaba la posibilidad de que la Junta de Andalucía pudiera celebrar, «previa comunicación y aprobación del Cabildo», conciertos de música.
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