Gobierno de España
Los etarras no podrán ser cargos públicos si mantienen antecedentes penales
El Gobierno ha introducido a última hora un capítulo en su reforma legislativa para regular las obligaciones y los compromisos de los altos cargos, con el que responde al malestar entre las víctimas, y en el conjunto de la sociedad española, por las excarcelaciones de terroristas tras la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) de derogar la aplicación retroactiva de la «doctrina Parot».
De esta forma, el Ejecutivo establece en su reforma que ningún condenado por delito contra las instituciones y las Administraciones Públicas, incluidos los de terrorismo, podrá ser nombrado para el ejercicio de un cargo público mientras no se cancelen sus antecedentes penales.
Según explicó ayer la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, tampoco podrán ser designados los inhabilitados conforme a la ley concursal; los inhabilitados o suspendidos para empleo o cargo público; y los sancionados por la comisión de una infracción muy grave de acuerdo con la Ley de Transparencia.Esta decisión está incluida en el Anteproyecto de Ley reguladora del ejercicio del alto cargo en la Administración del Estado, aprobada ayer por el Consejo de Ministros. En él se señalan los requisitos de idoneidad para el ejercicio de un alto cargo siguiendo el modelo del ámbito privado, según precisó la vicepresidenta.
Y en él es donde se cierra la puerta para estos puestos administrativos a todos los condenados mientras no se cancelen todos sus antecedentes penales.En este proyecto también se regulan otras cuestiones como, por ejemplo, el régimen de compensaciones tras el cese, las exigencias y limitaciones de los gastos de representación y un sistema de alerta temporal en materia de conflicto de intereses. La vicepresidenta destacó que se refuerza la Oficina que supervisa estos conflictos, que será más independiente y cuyo director, deberá rendir cuentas en la Cámara Baja.
Para ello se elevarán los controles sobre las declaraciones de bienes y patrimonio de los altos cargos, los cuales estarán obligados a presentarla al principio y al final de su mandato, de tal manera que se puedan comprobar posibles irregularidades en el aumento de su patrimonio que no se correspondan con sus retribuciones, herencias o demás cuestiones coyunturales que hayan podido afectar al mismo durante los años de relación con la Administración. «Se trata de analizar con todo rigor si el alto cargo se ha enriquecido de manera no justificada durante el desarrollo de su actividad», precisó Sáenz de Santamaría en la rueda de Prensa posterior al Consejo de Ministros.La nueva legislación homologará por completo el régimen de protección social, de tal manera que los cargos públicos contribuyan al régimen de protección social en las mismas condiciones que el resto de trabajadores públicos. Y en ella se codifican, asimismo, sus derechos y obligaciones. La aplicación de estas exigencias a la Administración autonómica está aún pendiente de negociación.
✕
Accede a tu cuenta para comentar