El desafío independentista
Los plazos favorecen a Puigdemont para ser cabeza de lista a distancia
La juez española podrá tomar declaración a los ex miembros de la Generalitat, pero la Justicia belga deberá dar su visto bueno previamente
La juez española podrá tomar declaración a los ex miembros de la Generalitat, pero la Justicia belga deberá dar su visto bueno previamente.
¿En qué situación se encuentran en estos momentos Carles Puigdemont y los ex consejeros refugiados con él en Bélgica?
–En libertad, con la obligación de permanecer en Bélgica hasta que se resuelva la orden de detención. El tribunal tendrá que decidir en 15 días.
¿Pueden seguir en libertad mientras se tramita dicha orden de detención?
–Sí, pero entre las medidas cautelares podrían también decretarse la presentación periódica en sede policial o judicial.
¿Intervienen las autoridades gubernativas belgas en la decisión de entregar o no al expresidente catalan y los cuatro exconsejeros que han tomado su misma decisión?
–No. Se trata de un procedimiento directo «de juez a juez». En este caso, de una petición de la jueza española Carmen Lamela que resuelve su homólogo belga al que ha correspondido tramitar la solicitud de OED.
¿En qué consiste exactamente una Orden Europea de Extradición?
–En suprimir entre los Estados miembros el procedimiento formal de extradición para las personas que eluden la justicia después de haber sido condenadas por sentencia firme y acelerar los procedimientos de extradición relativos a las personas sospechosas de haber cometido un delito. Este último supuesto sería el aplicable a Puigdemont. Su regulación viene recogida en la Decisión Marco del Consejo de Europa de 13 de junio de 2002, que posteriormente los países miembros, entre ellos España, incorporaron a su legislación interna.
¿Es imprescindible que para la entrega esté recogido en la legislación belga los delitos que se les imputan –sedición, rebelión, malversación– con la misma tipificación que se establece en el Código Penal español?
–No. De hecho, en la Decisión Marco se otorga una «especial relevancia» a un listado de categorías delictivas a las que no será de aplicación el principio de doble tipificación, en el que se expresa el compromiso básico de los países de la UE de renunciar a la exigencia del control de la doble incriminación para una serie de infracciones.
Por tanto, ¿no se pude denegar la entrega en ningún caso?
–La Justicia belga sólo podría hacerlo si la petición española encaja en las
«causas tasadas» que se establecen al respecto.
Entre esas «causas tasadas» en las que no se exige la doble tipificación penal ¿figuran los delitos de rebelión y sedición y malversación?
–No, ninguno de ellos, aunque el de malversación podría incluirse en el relativo a fraude, que sí figura de forma expresa. Por tanto, en lo que se refiere a los delitos de rebelión y sedición hay que estar, según las fuentes jurídicas consultadas, a que esos mismos delitos, o más esos mimos hechos, estén tipificados en la legislación belga.
¿Qué establece el Código Penal de Bélgica al respecto?
–Se alude al delito de sedición en los artículos 101, 102, 103 y 104, y está encuadrado en el capítulo sobre los «Crímenes contra la seguridad del Estado», aunque los hechos son muy diferentes a los recogidos en la legislación española; y en cuanto al de rebelión, se considera como tal infracción penal la actuación con violencia para impedir a que las autoridades puedan llevar a cabo la ejecución de las leyes. El de malversación, en cambio, sí está recogido como tal en el código belga, por lo que su entrega por este delito no debe suponer muchos problemas.
¿Puede ser interrogado antes de que se acceda o deniegue su entrega?
–Sí. Esta es otra de las peculiaridades recogidas en la Decisión Marco. De forma concreta, se establece de forma taxativa en el artículo 18 que mientras se adopta la decisión final, la autoridad judicial que debe ejecutar la OED, Bélgica en este caso, deberá aceptar «que se tome declaración a la persona buscaba» o permitir su entrega temporal para esos mismos fines.
¿Qué plazo tiene la Justicia belga para decidir si entrega a Puigdemont?
– En todo caso, el plazo máximo fijado es de 60 días, aunque si por circunstancias excepcionales no pudiese resolverse en esos dos meses, se puede prorrogar otros 30 días. La entrega podría retrasarse hasta 10 días más extendiendose el períplo total hasta los 100 días.
Por tanto, ¿Puigdemont puede ser candidato «desde la distancia»?
–Sí. Dado que para las elecciones autonómicas quedan menos de dos meses , no es nada descartable que, con los recursos y demás vicisitudes que pueden surgir en el proceso, siga en Bélgica incluso el mismo día de los comicios.
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