Delito fiscal

«Ningún testimonio la involucra»

Hace un año, Castro rechazó por dos veces la petición de citar a Doña Cristina como imputada

La Razón
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Hace un año, el juez José Castro rechazó por dos veces la petición del sindicato Manos Limpias, –que ejerce la acusación popular en el «caso Nóos»–, de que la Infanta Cristina fuese citada a declarar como imputada. Y lo hizo con el argumento de que el solo hecho de participar en una asociación «sin ejercer funciones ejecutivas no genera» responsabilidad penal «por los hipotéticos delitos que pudieran cometer sus directivos».

En la resolución en la que desestimaba la petición de Manos Limpias, el magistrado aseguraba que la presencia de Doña Cristina en la Junta Directiva del Instituto Nóos (mientras el duque de Palma ocupó la presidencia del mismo) no la hacía responsable de las decisiones adoptadas en su seno salvo que éstas fuesen adoptadas «colegiadamente y con el voto favorable» de la Infanta. Algo que, según Castro, no ocurría en Nóos, puesto que, resaltaba, «la única dirección de dicha asociación era la bicefalia asumida» por Iñaki Urdangarín y Diego Torres, con el «asesoramiento de otras, personas entre las que no se encuentra» la hija del Rey.

Respecto a Aizoon, el instructor juzgaba «escasamente probable» que, siendo los duques de Palma los únicos partícipes, «tuviera lugar algo que formalmente se pareciera a juntas ordinarias o extraordinarias» y «menos aún» que Doña Cristina «redactara unas actas de lo tratado de las que diera lectura su esposo».

Por lo que respecta a la posible firma de las cuentas de Nóos por parte de la Infanta, algo que «de momento se ignora», el juez afirmaba que «tampoco ese dato justificaría su llamada a la causa» puesto que eran otras personas, especializadas, las encargadas de realizarlas.

Castro dejaba constancia en su auto de que en la causa no había «absolutamente ningún testimonio», ya fuese de testigos o imputados, que involucrase a la Infanta «en la toma de decisiones de ninguna de las entidades», así como tampoco, hacía hincapié, «la han visto merodear por sus dependencias o expresar sus criterios» sobre contrataciones.

En cuanto a la presunta contratación irregular del servicio doméstico de los duques de Palma (uno de los indicios esgrimidos ahora por el juez contra Doña Cristina), el juez aseguraba que estos hechos «sólo merecerían la calificación de infracciones laborales».

Castro defendía que no podía extraerse sin más la «complicidad» de la Infanta del «supuesto incremento del nivel de vida del matrimonio», puesto que, añadía, «el que parece ser que se dio no fue tan sorpresivo».

Y al resolver el recurso de reforma de Manos Limpias, Castro «tachó de palmaria falsedad» que no citase a la Infanta, como mantenía el sindicato, para no «estigmatizarla» y para «librarla del mal trago». La estigmatización gratuita, defendía, es la que se produce «cuando se imputa por capricho o ligereza, careciendo de indicios racionales que lo justifiquen».