Caso Nóos

«Nóos dista abismalmente de ser una entidad carente de lucro», según el juez

El juez del caso Nóos, José Castro, ha impuesto una fianza de responsabilidad civil de 8,1 millones de euros para el Duque de Palma, Iñaki Urdangarín, así como para su exsocio en el Instituto Nóos, Diego Torres.

La Razón
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El juez del caso Nóos, José Castro, ha impuesto una fianza de responsabilidad civil de 8,1 millones de euros para el Duque de Palma, Iñaki Urdangarín, así como para su exsocio en el Instituto Nóos, Diego Torres.

El juez instructor del caso Nóos, José Castro, ha fijado una fianza solidaria de responsabilidad civil de 8,1 millones para Iñaki Urdangarín y su exsocio Diego Torres, por las responsabilidades pecuniarias que puedan declararse en su contra en este caso que investiga el desvío de fondos públicos al Instituto Nóos, informe Efe.

En un auto de más de 500 páginas, el magistrado les da un plazo de cinco días para el pago, desde el siguiente a la notificación, según han confirmado fuentes jurídicas. El magistrado ha acordado fijar dicha fianza para cubrir posibles responsabilidades pecuniarias que pudieran declararse en su contra en esta pieza separada del caso Palma Arena.

Castro ha advertido hoy a Iñaki Urdangarin y a su exsocio Diego Torres que procederá al embargo de sus bienes en caso de que en el plazo de cinco días no depositen la fianza civil solidaria que les ha impuesto de 8.189.448 euros en la causa.

Según el auto, al que ha tenido acceso Efe, el juez señala a los dos principales imputados que si no presentan la fianza "se procederá al embargo de sus bienes en cantidad suficiente para cubrirla y que se hará efectiva con cargo a la totalidad de sus patrimonios".

Dentro de ellos, el juez señala las participaciones de las que sean titulares Urdangarín y Torres en las entidades Nóos Consultoría Estratégica S.L., Intuit Strategy Innovation Lab S.L., Shiriaimisu S.L., Virtual Strategies S.L., Aizoon S.L., De Goes Center for Stakeholder Management S.L., De Goes Center for Stakeholder Management LTD., Blossom Hills, Fundación Deporte, Cultura e Integración Social "y cualquiera otra en cuyo capital social participen".

El embargo no afectará, sin embargo, a la Fundación Areté al estar disuelta desde el 7 de mayo de 2007.

El juez admite que la fianza sea prestada "en cualquier de las formas admitidas en derecho", y dada su cuantía elevada, les amplía el plazo de presentarla a cinco días hábiles a contar "desde el siguiente al de la notificación de la presente resolución", que, no obstante, puede ser recurrida en reforma y apelación.

Además, en el auto, el juez ordena recabar los antecedentes penales de Iñaki Urdangarin y Diego Torres, o "acreditar que carecen de ellos".

Castro libra también oficio al presidente de la Generalitat Valenciana para ofrecerle la posibilidad de ser parte en la reclamación de la fianza civil, lo mismo que hace con el director general de la Ciudad de las Artes y las Ciencias SA (CACSA) y el director de la "Fundación Turismo Valencia Convencion Bureau".

Por último, el juez decide incorporar a esta pieza separada copia de las declaraciones hechas sobre este asunto a los medios de comunicación por el expresidente balear Jaume Matas.

La resolución del juez no es firme y contra ella cabe recurso de reforma ante el mismo magistrado en el plazo de 3 días, y de apelación ante la Audiencia de Baleares en el plazo de cinco días.

En este auto, el juez ha fijado una fianza solidaria de responsabilidad civil de 8,189 millones por las responsabilidades pecuniarias que puedan declararse en su contra en este caso que investiga el desvío de fondos públicos al Instituto Nóos.

Conforme a la petición de la Fiscalía

La cifra se ajusta a los 8.189.448 euros que habían solicitado la Fiscalía y la acusación popular que ejerce el Sindicato Manos Limpias. Por su parte, la abogacía de la comunidad autónoma de Baleares había solicitado que se fijara una caución de 3.498.014,81 euros.

En el mismo auto, el juez solicita que Urdangarin y Torres indiquen si tienen antecedentes penales y, además, indica a la Comunidad valenciana la posibilidad de adherirse a la reclamación de fianza.

En el escrito en el que solicitó la fianza, el fiscal anticorrupción Pedro Horrach atribuyó al duque de Palma y a su exsocio "una actividad delictiva premeditada"dirigida a apropiarse de fondos públicos mediante los convenios suscritos con los gobiernos de Baleares y la Comunidad Valenciana entre los años 2004 y 2007.

Horrach sostiene que Urdangarín y Torres deben resarcir a las arcas públicas por "la totalidad de los fondos públicos percibidos por el Instituto Nóos", más un tercio de esa cantidad, como es habitual en el cálculo de las responsabilidades civiles por posibles intereses y costas del proceso, hasta alcanzar los 8.189.448 euros.

El abogado de Iñaki Urdangarín, Mario Pascual Vives, alegó en contra de las peticiones de fianza y negó que en la instrucción se hayan detectado indicios de que su defendido haya cometido ningún delito ni de que se haya lucrado o causado "daño patrimonial de ninguna clase".

Pascual Vives entregó además al juez un informe pericial elaborado por un abogado del Estado que indica que los convenios firmados por el Instituto Nóos con las administraciones públicas se regían por el derecho privado y no requerían concurso público, de manera que cuestiona los posibles delitos de prevaricación y malversación.

Por su parte, la defensa de Torres calificó de "desatinada"la petición de fianza de las acusaciones y negó en sus alegaciones que el Instituto Nóos o sus responsables hayan cometido "acto ilícito de suerte alguna".

El juez José Castro también afirma que el Instituto Nóos "dista abismalmente de poder ser considerada como una entidad carente de lucro"ya que, entre otras cosas, todos los testigos del caso han afirmado que "era un empresa como tantas otras".

El juez explica que el motivo por el que no cree que fuera una entidad altruista no es la dificultad de cuadrar sus cuentas para no obtener beneficios, "lo que exigiría un equilibrio presupuestario que a priori sería prácticamente imposible de obtener", sino otra serie de razones que expone.

El magistrado afirma que ni en los fundadores de la Asociación Instituto Nóos de Investigación Aplicada (Urdangarín y Torres) ni en quienes han venido rigiendo sus destinos hubo "en ningún momento ese desprendimiento económico del que dicen haber hecho gala y del que se prevalecieron para obtener contrataciones públicas que, de otro modo, no hubieran podido conseguir".

Nóos perseguía beneficios

Añade que "a todos los testigos que estaban en condiciones de saber lo uno o lo otro", cuando se les preguntó si Nóos no perseguía beneficios, "tras una primera actitud de sorpresa ante la pregunta, acabaron por manifestar que para ellos era un empresa como tantas otras y algunos fueron mucho más explícitos".

Contra el argumento de la defensa de Urdangarín de que Nóos tenía derecho a externalizar sus servicios, Castro indica que podía hacerlo y que además "nada le impedía presupuestar con cierto margen de beneficios, que dejarían de serlo si se reinvirtieran en el cumplimiento de los objetivos supuestamente altruista".

"Pero lo que ocurría no era esto sino que la asociación tenía a su disposición un nutrido entramado societario del que se valía para que el enriquecimiento obtenido se derivara de aquélla a éste de tal manera que acabara en las manos de las mismas personas, que de gestores de la asociación habían pasado a ser proveedores, simulados total o parcialmente, de la misma", añade.

Por otra parte, Castro asegura que Iñaki Urdangarin siguió siendo presidente "de hecho"del Instituto Nóos después de marzo de 2006, según avalan "innumerables"datos objetivos que figuran en la causa que investiga el presunto desvío de fondos públicos a dicha entidad.

Castro considera que los datos que avalan que Urdangarin siguió siendo presidente de hecho de Nóos "se avienen mal"con la aparente desvinculación del duque de Palma de la entidad, según señala en un auto que ha dictado hoy, en el que impone una fianza civil solidaria de 8.189.448 euros a Urdangarín y Torres.

El juez afirma que el yerno del Rey "siempre estuvo participante activamente"en la administración de Nóos, algo que favoreció que los gestores de fondos públicos, conocedores de ese vínculo, siguieran negociando con la asociación.

Según Castro, si bien Urdangarín fue presidente de derecho de Nóos desde el 23 de septiembre de 2003 al 20 de marzo de 2006, "de hecho lo siguió siendo con posterioridad".

También rechaza otra alegación realizada por Urdangarín relativa a que tuvo nula intervención en la suscripción de los convenios de colaboración con las administraciones públicas balear y valenciana que se están investigando.

Urdangarín declaró ante el juez Castro, en febrero de 2012, que en modo alguno contravino la recomendación de la Casa Real de no contratar instituciones públicas ni mantener asociaciones mercantiles a largo plazo con Diego Torres.

Admitió haber intervenido en dos proyectos empresariales en 2008 y haber abordado por correo electrónico cuestiones relativas a diversas facturaciones a empresas, pero subrayó que no contravino la recomendación que le hizo la Casa Real y que se desligó de hecho y de derecho del Instituto Nóos y de Torres en marzo de 2006.