Estrasburgo
La Audiencia se niega a liberar al etarra Troitiño
La Fiscalía de Reino Unido le había sugerido la medida
MADRID- La Audiencia Nacional ha hecho oídos sordos a la petición de la Fiscalía de Reino Unido de dejar en libertad al etarra Antonio Troitiño, condenado a más de 2.700 años de cárcel y detenido en Londres el pasado 29 de junio tras 14 meses en busca y captura. La Sección Tercera de la Sala de lo Penal recuerda al Ministerio Público británico que la condena que pesa sobre él, que le mantendría en prisión hasta 2017 (y por la que está reclamado), es «firme e inmediatamente ejecutiva».
En un escrito remitido al tribunal español, la Fiscalía de Reino Unido se mostraba favorable a dejar en libertad a Troitiño a la espera de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) resuelva el recurso interpuesto por España contra la interpretación de Estrasburgo de la «doctrina Parot», que le llevó a pedir la excarcelación de la etarra Inés del Río. Hoy mismo el etarra debe presentarse ante la Justicia británica, que celebrará la vista de extradición.
Aunque reconoce que la decisión de la Corte de Estrasburgo sobre la etarra «sí tendría aplicación» en el caso de Troitiño, la Audiencia añade que la Abogacía del Estado «tiene intención de recurrir la sentencia» del tribuna europeo ante la Gran Sala, por lo que, «al no ser definitiva, no es de aplicación a la presente ejecutoria de la que dimana la orden europea». En definitiva –subrayan los magistrados Alfonso Guevara, Ángeles Barreiro y Clara Bayarri–, la reclamación de entrega del etarra «se mantiene» sin posibilidad de fijar una fianza o de acordar cualquier otra medida cautelar, como solicitaba la Fiscalía británica. Se trata, insiste la Sala, «de una condena firme e inmediatamente ejecutiva en relación a cinco años, nueve meses y cinco días» de prisión pendientes de cumplimiento».
Troitiño se dio a la fuga el 20 de abril de 2011, siete días después de ser puesto en libertad por un error de la Audiencia Nacional en el cómputo de su prisión preventiva. Cuando se subsanó ya era demasiado tarde. Hasta el pasado 29 de junio, cuando fue detenido en Londres, estaba en busca y captura.
Pleno sobre la «doctrina Parot»
La Audiencia Nacional estudiará el próximo 20 de septiembre la repercusión de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la aplicación de la «doctrina Parot» a la etarra Inés del Río. La Sección Primera de la Sala de lo Penal de este tribunal ha elevado a Pleno
la cuestión, por lo que serán los 18 magistrados que lo integran quienes dedidan la posible puesta en libertad de la etarra. Pero, sobre todo, el Pleno tendrá que debatir en qué medida esa resolución puede hacerse extensible al resto de miembros de la banda terrorista a los que también se ha aplicado la «doctrina Parot».
Por el momento, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ya ha dejado claro que la sentencia del tribunal europeo no es firme sino meramente «declarativa», lo que supone que es el Estado afectado el que tiene que decidir, bajo la supervisión del Consejo de Ministros, las medidas a adoptar. Sin embargo, el Ministerio Público apuntaba que, de forma excepcional, el TEDH «puede indicar el tipo de medida que debe ser tomada para hacer cesar la violación que se ha declarado», cuya naturaleza puede ser en ocasiones «de tal entidad que no deje ninguna elección», informa Efe.
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