Audiencia Nacional

El TSJ ordena la apertura de juicio a Luna por encubrimiento

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha dictado el auto que declara la apertura del juicio oral contra Ángel Luna González, síndico portavoz del grupo socialista en Les Corts Valencianes.

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Dada la condición de aforado del síndico, se declara que la competencia para el conocimiento y fallo de la causa corresponde a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia.

Curiosamente, y por el proceder judicial, se solicita al Fiscal que formule escrito de acusación pese a que en dos ocasiones ya ha pedido el archivo de la causa.

Contra este último auto del juez Montero no cabe recurso alguno por lo que el imputado se sentará en el banquillo.

El trámite que ayer formalizó Montero era el esperado y ya lo adelantó LA RAZÓN dado que al tratarse de un procedimiento abreviado, si una de las partes los solicita y el juez ve indicios de delito -que ya los expuso en su auto-, la apertura del procedimiento oral es más que segura.

El auto del juez es contundente a la hora de afirmar que «instada la apertura del juicio oral por la acusación popular (...) existen indicios de criminalidad conforme se detalló en el auto de 23 de febrero de 2011, indicios que deben llevar a que el proceso prosiga, pues en este momento de la causa no cabe afirmar, y con efectos de cosas juzgada, que los hechos no sean constitutivos de delito».

Y sigue que «aunque la apertura con calificación se ha sostenido únicamente por la acusación popular, debe estarse a la doctrina sentada por la Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de enero de 2010 según la cual la acusación popular está legitimada para pedir, en solitario, la celebración del juicio oral».

Como se recordará, Luna declaró ante el juez que no sabía quién le había entregado un informe policial sometido a secreto de sumario que exhibió en la tribuna de Les Corts, y que lo había perdido, por lo que el juez le acusa de encubrimiento.